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Pozuelo de Alarcón



Actividades: Comunicación Previa de Cambio de Titularidad



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónicaNivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Información
Importante Para realizar este trámite deberá identificarse utilizando uno de los siguientes medios:

· Certificado Electrónico
· DNI Electrónico
· Clave Permanente

Para completar su inscripción siga los siguientes pasos:

1. Pulse en el botón "Tramitar" situado en la parte inferior de esta página.
2. Pulse el icono de cl@ve (gris y naranja) para acceder a su identificación.
3. Seleccione su método de identificación (Certificado Electrónico / DNI Electrónico / Cl@ve Permanente).
4. Cumplimente el formulario.
5. Pulse el botón "Adjuntar y firmar documentación".
6. En la pantalla "Solicitud", adjunte un documento si es necesario. Si no lo fuera, pulse "enviar documentación o continuar".
7. Seleccione el sistema de firma. Si va a utilizar su certificado instalado en su ordenador para realizar la firma seleccione la opción "Firma con certificado local". Es necesario tener instalada la aplicación de escritorio "Autofirma". Para más información Portal de Administración Electrónica
Si dispone de Cl@ve firma seleccione la opción "Firma con cl@ve firma" (opción izquierda).
8. Una vez seleccionado el sistema de firma pulse el botón Firmar.
9. En la pantalla "Confirmación de envío", pulse el botón gris "Registrar".
10. En la pantalla "Fin del proceso" puede obtener su justificante de solicitud.

AVISO: Asegúrese de que se ha realizado bien la tramitación de sus procedimientos. Compruebe que queda registrada su solicitud, con la obtención del justificante.

Descripción · Por este procedimiento se comunicarán al Ayuntamiento aquellas actuaciones de reducido impacto urbanístico o repercusión medioambiental y escasa entidad técnica.

· Para legitimar las actuaciones, bastará comunicar a la Administración Municipal la intención de llevarlas a cabo, acompañando a la presentación de la comunicación la preceptiva documentación.

· La comunicación previa es el documento por el que cualquier interesado pone en conocimiento de la Administración municipal sus datos identificativos para el inicio de las actuaciones enumeradas en al artículo siguiente.

Se podrá utilizar este procedimiento para la autorización de las siguientes actuaciones urbanísticas:

1. Cambio de titularidad de licencias o de denominación social del titular.


- Tramitación del procedimiento por comunicación previa:

1. Los interesados que deseen realizar cualquiera de las actuaciones recogidas anteriormente podrán iniciarlas con la mera presentación de la comunicación al Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón siempre que vaya acompañada de la documentación indicada en el Anexo I de la Ordenanza de Tramitación de Licencias.

2. No obstante, estas actuaciones podrán estar sujetas a inspección municipal, pudiendo los servicios técnicos correspondientes formular por escrito los requerimientos legalmente establecidos, que deberán ser cumplimentados. Estos requerimientos podrán dar lugar, si procede, a la suspensión inmediata de la actividad, a la incoación de procedimientos de protección de la legalidad urbanística, así como de los sancionadores que correspondan, si transcurridos los plazos no se hubieran cumplimentado.

Destinatario Empresas, Particulares y Administraciones Públicas.

Requisitos de iniciación Cualquier persona física o jurídica cuya actividad se realice en el ámbito del municipio de Pozuelo de Alarcón.

Plazo de presentación A lo largo del año en cualquier momento anterior al inicio de la actividad.

Lugar de presentación (Canales de acceso) - En el Registro Electrónico del Ayuntamiento, así como en los restantes Registros Electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Se podrá hacer Presencialmente (SOLO PARA LAS PERSONAS FÍSICAS) en cualquiera de los Registros sitos en las Oficinas de Atención al Ciudadano.

- Telemáticamente, obligatorio para las personas Jurídicas, opcional para las personas físicas.

Importante: En caso de que la presentación de la instancia se lleve a cabo por una persona jurídica, entidad sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria o quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, el cauce habilitado será únicamente el electrónico, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Procedimiento Tramitación presencial:
Descargar y rellenar: Instancia de solicitud (disponible en el apartado de "tramitación presencial")
Descargar y rellenar Anexo 1, Anexo 2 y Anexo 3, que los encontrará en el apartado "Ficheros Anexos" situado al final de esta página.
Entregar los documentos en las Oficinas de Atención al Ciudadano, en las oficinas de Correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero o en cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.


Tramitación online:
Descargar y rellenar: Instancia de solicitud (disponible en el apartado de "tramitación presencial")
Descargar Anexos 1, Anexo 2 y Anexo 3,que los encontrará en el apartado "Ficheros Anexos" situado al final de esta página.
Pulsar el botón "tramitar" donde accederá a la Solicitud de carácter general. Una vez dentro, deberá pulsar el botón "tramitar", situado al final de la página para acceder al formulario online.
Rellenar el formulario online y adjuntar toda la documentación necesaria en la pantalla de "solicitud".

Forma de iniciación Por el interesado.

Plazo Máximo de Resolución y Notificación No se emite resolución.

Órgano que Resuelve Gerencia Municipal de Urbanismo.

Efectos del silencio Administrativo No se aplica.

Fin a la vía administrativa No se emite resolución.

Normativa de aplicación - Código de Urbanismo de la Comunidad de Madrid (última versión actualizada a fecha de 16/11/2018) conformado por Ley 9/1995, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo, Ley 7/2000, de 19 de junio, de Rehabilitación de Espacios Urbanos Degradados y de Inmuebles que deban ser objeto de Preservación, Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, Ley 8/2009, de 21 de diciembre, de Medidas Liberalizadoras y de Apoyo a la Empresa Madrileña, Decreto 69/1983, de 30 de junio, sobre distribución de competencias en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo entre los órganos de la Comunidad Autónoma de Madrid, Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, Decreto 92/2008, de 10 de julio, por el que se regulan las modificaciones puntuales no sustanciales de planeamiento urbanístico,).

- Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas publicado en BOCM núm. 159 de 07 de Julio de 1997 y BOE núm. 98 de 24 de Abril de 1998

- Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid publicado en BOCM núm. 142 de 15 de Junio de 2012 y BOE núm. 247 de 13 de Octubre de 2012.

- Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios publicado en BOE núm. 311 de 27 de Diciembre de 2012.

- Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios publicado en: «BOE» núm. 126, de 26 de mayo de 2012.

- Ordenanza de Tramitación de Licencias y Otros Instrumentos de Intervención en Materia de Urbanismo y Autorizaciones para la Instalación de Terrazas de Veladores en Pozuelo de Alarcón aprobada en ejecución del acuerdo plenario de 24 de enero de 2019 (publicada en B.O.C.M. el 11 de febrero de 2019)

- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

- Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

- Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

- Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

- Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa.

- Aquella otra aplicable al supuesto.

Unidad gestora Departamento de Licencias de Actividad.

Departamento Departamento de Licencias de Actividad.

Centro Directivo Gerencia Municipal de Urbanismo.

Sujeto a tasa o precio público Sujeto a tasa, según las Ordenanzas Fiscales a aplicar.

Más información Atención al público a través de:

· Email: licenciasdeactividades@pozuelo.madrid (Política de privacidad).

· Tfno.: 91 452 27 13/14 o bien, presencialmente en la Plaza Mayor nº 1, Planta 1 - 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid).

Horario de citas con los Técnicos: Lunes, Miércoles y Viernes de 9 a 11h, solicitándolo previamente, a través de email o vía telefónica.

Tipo de tramitación Externo común.

Tipología de la tramitación Procedimiento administrativo.


Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Impreso de solicitud normalizada: Documentación General. Deberán descargarlo en el apartado "Ficheros Anexos" situado al final de la página de información de este Procedimiento, adjuntándolo al resto de la documentación una vez cumplimentado y firmado digitalmente por el "Titular de la Licencia". Obligatorio Ambas
Anexo 1 Cesión de derechos: escrito de cesión de derechos del anterior titular en favor del nuevo, según Anexo normalizado, lo podrá descargar en el apartado "Ficheros Anexos" situado al final de la página de Información de éste Procedimiento en Sede Electrónica. Obligatorio Ambas
DNI o NIE: del solicitante y, en su caso, de la persona que lo represente.
Obligatorio Ambas
Representación: en caso de representación: deberá acreditarse la representación mediante documentación necesaria.
Opcional Ambas
CIF: En caso de persona jurídica: CIF, documento acreditativo de su representación o apoderamiento y escritura de constitución de la sociedad.
Opcional Ambas
Justificante de pago: justificante de haber realizado el pago de la tasa correspondiente.
Obligatorio Ambas
Contrato de mantenimiento de equipos de detección y/o extinción de incendios: Contrato de mantenimiento de los equipos detección y/o extinción de incendios y Plan de revisiones periódicas de ellos por empresa debidamente autorizada y registrada por el órgano competente de la C. Madrid.
Obligatorio Ambas
Anexo 2. Identificación industrial: para cambio de Titular de funcionamiento de actividades sujetas a declaración Responsable incluidas en la Ley de Espectáculos, según Anexo I de la Ley 10/1993, de la Comunidad de Madrid, lo podrá descargar en el apartado "Ficheros Anexos" situado al final de la página de Información de éste Procedimiento en Sede Electrónica.
Obligatorio Ambas
Anexo 3. Ficha técnica de locales y otros establecimientos abiertos al público: para cambio de Titular de funcionamiento de actividades sujetas a declaración Responsable incluidas en la Ley de Espectáculos, (según artículo 5, punto 4.c), del Decreto 184/1998, lo podrá descargar en el apartado "Ficheros Anexos" situado al final de la página de Información de éste Procedimiento en Sede Electrónica. Obligatorio Ambas
Certificado de contrato de seguro: Certificado que acredite la suscripción de un contrato de seguro de responsabilidad civil del establecimiento (SIN FRANQUICIA) que cubra los riesgos de incendio y de responsabilidad civil por daños a los concurrentes y a terceros derivados de las condiciones del local, de sus instalaciones y servicios, así como de la actividad desarrollada y del personal que preste sus servicios en el mismo; con el importe exigido en base al aforo del establecimiento.

Conforme a lo señalado en el artículo 6.3 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, el importe será el siguiente:

- Hasta 50 personas: 42.070,85 euros.
- Hasta 100 personas: 60.101,21 euros.
- Hasta 300 personas: 120.202,42 euros.
- Hasta 700 personas: 480.809,68 euros.
- Hasta 1.500 personas: 721.214,53 euros.
- Hasta 5.000 personas: 1.202.024,21 euros.
Obligatorio Ambas
Revisión del plan de autoprotección: Revisión del Plan de Autoprotección (en su caso)
Opcional Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Tramitación telemática
Tramitar
Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
Plaza Mayor 1, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid)
Telf. 91 452 27 00

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