Descripción
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Para garantizar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral se apoyará económicamente a las unidades familiares que ejerzan la contratación de una persona física o entidad, destinada al cuidado y atención de los menores durante el verano, con la finalidad de poder mantener una vida sociolaboral y familiar normalizada, ofreciéndose una respuesta idónea de protección universal por parte del Sistema Público de Servicios Sociales.
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Destinatario
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Las situaciones detectadas por los servicios sociales municipales en las familias, como consecuencia de la crisis sanitaria que precisan de un apoyo concreto en el ámbito de la conciliación y que requieren de una actuación pública preventiva, para evitar situaciones de riesgo, son una o varias de las siguientes:
· Unidades familiares en las que ambos progenitores, en el caso de familias monoparentales, el progenitor, tutores, cuidadores o guardadores se encuentren en situación de empleo activo, bien en el centro habitual del trabajo o teletrabajando, que tengan a su cargo a hijos menores de 12 años y entre 13 y 18 años, si estos tuvieran reconocido el grado de discapacidad y dependencia.
· Familias con dos progenitores, en las que uno de ellos trabaje y el otro padezca una enfermedad, discapacidad o dependencia que le incapacite para el cuidado de los hijos.
· Familias cuyos ingresos económicos han descendido al menos en un 30 % como consecuencia de la pandemia.
· Familias cuya situación laboral se ha visto modificada por la crisis sanitaria y se encuentran en situación de despido o cierre o pérdida de negocio y que ambos progenitores se encuentran en búsqueda activa de empleo, debidamente justificado.
· Familias que no cuentan o han perdido familiares de apoyo.
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Requisitos de iniciación
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Se tendrán en cuenta los criterios objetivos recogidos en las "BASES REGULADORAS Y BAREMOS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS DE LOS SERVICIOS SOCIALES EN EL AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN"
Por otro lado, no podrán tener acceso a esta ayuda aquellas unidades familiares cuyos ingresos superen las siguientes cantidades:
a) Hogar con un único miembro: hasta 22.558,77 ¤/año. (3 veces el IPREM)
b) Unidad de convivencia con dos miembros: hasta 30.078,36 ¤/año (4 veces el IPREM).
c) Unidad de convivencia con tres o más miembros: hasta 37.597,95 ¤/año (5 veces el IPREM)
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Plazo de presentación
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Se podrán presentar las solicitudes durante el tiempo que duren las vacaciones escolares de verano según calendario escolar de la Comunidad de Madrid
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Lugar de presentación (Canales de acceso)
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a) Presencialmente en cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano (necesario solicitar cita previa en el 91.452.27.01).
b) De forma electrónica a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón utilizando la Solicitud de Carácter General disponible en el botón "tramitar" situado al final de esta página.
c) El resto de los cauces establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo.
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Forma de iniciación
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Por el interesado.
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Plazo Máximo de Resolución y Notificación
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Tres meses.
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Órgano que Resuelve
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Concejalía de Familia, Servicios Sociales y Mujer.
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Efectos del silencio Administrativo
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Denegación de la Ayuda.
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Normativa de aplicación
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BASES REGULADORAS Y BAREMOS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS DE LOS SERVICIOS SOCIALES EN EL AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN
RESOLUCIÓN ESPECÍFICA
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Unidad gestora
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Concejalía de Familia, Servicios Sociales y Mujer.
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Departamento
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Servicios sociales.
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Centro Directivo
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Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
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Sujeto a tasa o precio público
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No.
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Más información
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Concejalía de Familia, Asuntos Sociales y Mujer Avenida Juan XXIII nº 10 913 98 40 00 c.familiayasuntossociales@pozuelo.madrid (Política de privacidad).
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Tipo de tramitación
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Externo específico.
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Tipología de la tramitación
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Procedimiento administrativo.
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