Importante
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Para realizar este trámite deberá identificarse utilizando uno de los siguientes medios:
· Certificado Electrónico · DNI Electrónico · Clave Permanente
Para completar su inscripción siga los siguientes pasos:
1. Pulse en el botón "Tramitar" situado en la parte inferior de esta página. 2. Pulse el icono de cl@ve (gris y naranja) para acceder a su identificación. 3. Seleccione su método de identificación (Certificado Electrónico / DNI Electrónico / Cl@ve Permanente). 4. Cumplimente el formulario. 5. Pulse el botón "Adjuntar y firmar documentación". 6. En la pantalla "Solicitud", adjunte un documento si es necesario. Si no lo fuera, pulse "enviar documentación o continuar". 7. Seleccione el sistema de firma. Si va a utilizar su certificado instalado en su ordenador para realizar la firma seleccione la opción "Firma con certificado local". Es necesario tener instalada la aplicación de escritorio "Autofirma". Para más información Portal de Administración Electrónica Si dispone de Cl@ve firma seleccione la opción "Firma con cl@ve firma" (opción izquierda). 8. Una vez seleccionado el sistema de firma pulse el botón Firmar. 9. En la pantalla "Confirmación de envío", pulse el botón gris "Registrar". 10. En la pantalla "Fin del proceso" puede obtener su justificante de solicitud.
AVISO: Asegúrese de que se ha realizado bien la tramitación de sus procedimientos. Compruebe que queda registrada su solicitud, con la obtención del justificante.
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Descripción
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Tiene por objeto la Autorización de terrazas de veladores en suelo Público mediante la presentación de Solicitud de Autorización conforme a los arts. del 54 al 68 de la Ordenanza de Tramitación de Licencias y Otros Instrumentos de Intervención en Materia de Urbanismo y Autorizaciones para la Instalación de Terrazas de Veladores en Pozuelo de Alarcón de aplicación a las terrazas de veladores anejas a los establecimientos que realizan actividad principal de bar, cafetería, café-bar y asimilables, restaurantes, bar-restaurante, bares y restaurantes de hoteles, heladerías, chocolaterías, cruasanterías, salones de té, y establecimientos de hostelería en General.
A los efectos del apartado anterior, se entiende por terraza de velador al lugar anejo donde se realizan las anteriores actividades al aire libre, fuera del local cerrado.
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Destinatario
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Empresas, Particulares y Administraciones Públicas.
Solo podrán instalar terrazas de veladores aquellos establecimientos que cuenten con la preceptiva licencia municipal de funcionamiento.
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Requisitos de iniciación
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Cualquier persona física o jurídica cuya actividad se realice en el ámbito del municipio de Pozuelo de Alarcón.
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Plazo de presentación
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Nueva Solicitud: a lo largo del año en cualquier momento anterior al inicio de la actividad.
Renovación: del 1 de noviembre al 31 de diciembre.
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Lugar de presentación (Canales de acceso)
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- En el Registro Electrónico del Ayuntamiento, así como en los restantes Registros Electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Se podrá hacer Presencialmente (SOLO PARA LAS PERSONAS FÍSICAS) en cualquiera de los Registros sitos en las Oficinas de Atención al Ciudadano (OACs)
Telemáticamente, obligatorio para las personas Jurídicas, opcional para las personas físicas.
Importante: En caso de que la presentación de la instancia se lleve a cabo por una persona jurídica, entidad sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria o quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, el cauce habilitado será únicamente el electrónico, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Procedimiento
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Tramitación presencial:
- Descargar y rellenar: Instancia de solicitud (disponible en el apartado de "tramitación presencial") - Entregar los documentos en las Oficinas de Atención al Ciudadano, en las oficinas de Correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero o en cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Tramitación online:
- Descargar y rellenar: Instancia de solicitud (disponible en el apartado de "tramitación presencial") - Pulsar el botón "tramitar" donde accederá a la "Solicitud de carácter general". Una vez dentro, deberá pulsar el botón "tramitar", situado al final de la página, para acceder al formulario online. - Rellenar el formulario online y adjuntar toda la documentación necesaria en la pantalla de "solicitud".
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Forma de iniciación
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Por el interesado.
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Plazo Máximo de Resolución y Notificación
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La resolución del órgano competente deberá producirse en el plazo máximo establecido en la legislación urbanística de aplicación y en la de procedimiento administrativo común vigente.
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Órgano que Resuelve
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Gerencia Municipal de Urbanismo.
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Efectos del silencio Administrativo
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Transcurrido el plazo establecido en la legislación urbanística de aplicación y en la de procedimiento administrativo común vigente, sin que se haya notificado la resolución de la licencia urbanística a los interesados, será de aplicación las disposiciones que respecto del silencio administrativo establecen la legislación urbanística de aplicación y la de procedimiento administrativo común vigente.
En ningún caso pueden entenderse otorgadas por silencio administrativo las licencias urbanísticas que tengan por objeto actos de uso del suelo que sean contrarios a la legalidad urbanística.
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Fin a la vía administrativa
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Pone fin a la vía administrativa, significándole que frente a la resolución correspondiente, según lo dispuesto en el art. 30 de los Estatutos de la Gerencia, puede interponer RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el GERENTE MUNICIPAL DE URBANISMO en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, o cualquier otro que estime procedente, indicándole que la interposición del recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.
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Normativa de aplicación
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- Código de Urbanismo de la Comunidad de Madrid (última versión actualizada a fecha de 16/11/2018) conformado por Ley 9/1995, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo, Ley 7/2000, de 19 de junio, de Rehabilitación de Espacios Urbanos Degradados y de Inmuebles que deban ser objeto de Preservación, Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, Ley 8/2009, de 21 de diciembre, de Medidas Liberalizadoras y de Apoyo a la Empresa Madrileña, Decreto 69/1983, de 30 de junio, sobre distribución de competencias en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo entre los órganos de la Comunidad Autónoma de Madrid, Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, Decreto 92/2008, de 10 de julio, por el que se regulan las modificaciones puntuales no sustanciales de planeamiento urbanístico,).
- Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas publicado en BOCM núm. 159 de 07 de Julio de 1997 y BOE núm. 98 de 24 de Abril de 1998
- Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid publicado en BOCM núm. 142 de 15 de Junio de 2012 y BOE núm. 247 de 13 de Octubre de 2012.
- Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios publicado en BOE núm. 311 de 27 de Diciembre de 2012.
- Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios publicado en: «BOE» núm. 126, de 26 de mayo de 2012.
- Ordenanza de Tramitación de Licencias y Otros Instrumentos de Intervención en Materia de Urbanismo y Autorizaciones para la Instalación de Terrazas de Veladores en Pozuelo de Alarcón aprobada en ejecución del acuerdo plenario de 24 de enero de 2019 (publicada en B.O.C.M. el 11 de febrero de 2019)
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
- Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
- Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa.
- Aquella otra aplicable al supuesto.
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Unidad gestora
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Departamento de Licencias de Actividad.
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Departamento
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Departamento de Licencias de Actividad.
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Centro Directivo
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Gerencia Municipal de Urbanismo.
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Información adicional
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Son de aplicación las condiciones de uso de las instalaciones y las condiciones de la instalación de terrazas en suelo privado reflejadas en la Ordenanza de Tramitación de Licencias y Otros Instrumentos de Intervención en Materia de Urbanismo y Autorizaciones para la Instalación de Terrazas de Veladores en Pozuelo de Alarcón.
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Sujeto a tasa o precio público
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Sujeto a tasa, según las Ordenanzas Fiscales a aplicar.
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Más información
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Atención al público a través de:
· Email: licenciasdeactividades@pozuelo.madrid (Política de privacidad).
· Tfno.: 91 452 27 13/14 o bien, presencialmente en la Plaza Mayor nº 1, Planta 1 - 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid).
· Horario de citas con los Técnicos: Lunes, Miércoles y Viernes de 9 a 11h, solicitándolo previamente, a través de email o vía telefónica.
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Tipo de tramitación
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Externo común.
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Tipología de la tramitación
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Procedimiento administrativo.
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