Importante
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Para realizar este trámite deberá identificarse utilizando uno de los siguientes medios:
· Certificado Electrónico · DNI Electrónico · Clave Permanente
Para completar su inscripción siga los siguientes pasos:
1. Pulse en el botón "Tramitar" situado en la parte inferior de esta página. 2. Pulse el icono de cl@ve (gris y naranja) para acceder a su identificación. 3. Seleccione su método de identificación (Certificado Electrónico / DNI Electrónico / Cl@ve Permanente). 4. Cumplimente el formulario. 5. Pulse el botón "Adjuntar y firmar documentación". 6. En la pantalla "Solicitud", adjunte un documento si es necesario. Si no lo fuera, pulse "enviar documentación o continuar". 7. Seleccione el sistema de firma. Si va a utilizar su certificado instalado en su ordenador para realizar la firma seleccione la opción "Firma con certificado local". Es necesario tener instalada la aplicación de escritorio "Autofirma". Para más información Portal de Administración Electrónica Si dispone de Cl@ve firma seleccione la opción "Firma con cl@ve firma" (opción izquierda). 8. Una vez seleccionado el sistema de firma pulse el botón Firmar. 9. En la pantalla "Confirmación de envío", pulse el botón gris "Registrar". 10. En la pantalla "Fin del proceso" puede obtener su justificante de solicitud.
AVISO: Asegúrese de que se ha realizado bien la tramitación de sus procedimientos. Compruebe que queda registrada su solicitud, con la obtención del justificante.
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Descripción
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Concesión de ayudas para subvencionar los gastos de Comedor Escolar en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la localidad.
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Destinatario
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Familias con hijos menores empadronados y residiendo en Pozuelo de Alarcón, escolarizados durante el curso 2022-2023 en un centro sostenido con fondos públicos del municipio de Pozuelo de Alarcón, en los niveles de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria.
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Requisitos de iniciación
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Serán requisitos indispensables para poder recibir estas ayudas:
1. Estar empadronados y residiendo en Pozuelo de Alarcón el alumno y, al menos, uno de los progenitores o, en su caso, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor. En caso de extranjeros que residan en Pozuelo de Alarcón deberán tener residencia legal en España.
2. El alumno deberá estar escolarizado durante el curso 2022-2023 en un centro sostenido con fondos públicos del municipio de Pozuelo de Alarcón, en los niveles de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria.
3. La renta per cápita de la unidad familiar del ejercicio 2020 no podrá superar el umbral de 9.500 ¤. 4. Los beneficiarios de la ayuda deberán estar al corriente de las siguientes obligaciones:
4.1. Estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 4.2. Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. 4.3. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
5. Presentar la solicitud y documentación requerida dentro de los plazos que establece la presente convocatoria.
Los interesados podrán consultar la existencia de deudas con el Ayuntamiento a través de la Oficina Virtual Tributaria (únicamente en caso de contar con certificado electrónico), en la Oficia de Atención al Contribuyente del Ayuntamiento, o enviando un correo electrónico a recaudacion@pozuelo.madrid (Política de privacidad), con el fin de ponerse al corriente de pago.
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Plazo de presentación
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Una vez notificada la convocatoria en la Base Nacional de Subvenciones, y publicado un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, el plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a partir del día siguiente a dicha publicación.
Inicio: día 9 de diciembre de 2022 Fin: día 30 de diciembre de 2022 incluido.
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Lugar de presentación (Canales de acceso)
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La solicitud se formulará en el modelo recogido en el Anexo I y se podrá presentar, debidamente cumplimentada y acompañada de la documentación exigida, por cualquiera de los siguientes medios:
a) Presencialmente en cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano.
b) De forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón. (https://sede.pozuelodealarcon.es).
c) El resto de procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
La solicitud deberá estar firmada por ambos progenitores. Para las solicitudes que se presenten telemáticamente, será necesario adjuntar a la solicitud telemática el Anexo II firmado por el segundo solicitante.
La presentación de la solicitud implicará la plena aceptación de las condiciones de la presente Convocatoria, así como la declaración responsable de no hallarse los solicitantes incursos en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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Forma de iniciación
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Por el interesado.
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Plazo Máximo de Resolución y Notificación
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Seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria.
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Órgano que Resuelve
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Titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía.
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Efectos del silencio Administrativo
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Negativo.
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Fin a la vía administrativa
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La resolución de concesión o denegación del Titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía y pone fin a la vía administrativa, pudiendo ponerse recurso de reposición ante la Junta de Gobierno Local.
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Normativa de aplicación
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Las ayudas que se conceden tendrán el carácter de subvención y se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón para 2021 y con sujeción a la Ordenanza General de Subvenciones de Pozuelo de Alarcón, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 294, de 10 de diciembre de 2012, como bases reguladoras de esta convocatoria. Asimismo, se aplicarán supletoriamente la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
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Unidad gestora
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Unidad de Subvenciones y Convenios.
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Departamento
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Concejalía de Educación.
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Centro Directivo
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Ayuntamiento.
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Sujeto a tasa o precio público
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Gratuito.
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Tipo de tramitación
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Externo específico.
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Tipología de la tramitación
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Procedimiento Administrativo.
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Más información
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Concejalía de Educación Teléfono externo: 91 452 27 16 Horario: De lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas Email: c.educacion@pozuelo.madrid (Política de privacidad).
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