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Pozuelo de Alarcón



Actividades: Declaración Responsable para Funcionamiento de Actividades incluidas en la Ley 17/1997, de Espectáculos Públicos de la Comunidad de Madrid



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónicaNivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Información
Importante Para realizar este trámite deberá identificarse utilizando uno de los siguientes medios:

· Certificado Electrónico
· DNI Electrónico
· Clave Permanente

Para completar su inscripción siga los siguientes pasos:

1. Pulse en el botón "Tramitar" situado en la parte inferior de esta página.
2. Pulse el icono de cl@ve (gris y naranja) para acceder a su identificación.
3. Seleccione su método de identificación (Certificado Electrónico / DNI Electrónico / Cl@ve Permanente).
4. Cumplimente el formulario.
5. Pulse el botón "Adjuntar y firmar documentación".
6. En la pantalla "Solicitud", adjunte un documento si es necesario. Si no lo fuera, pulse "enviar documentación o continuar".
7. Seleccione el sistema de firma. Si va a utilizar su certificado instalado en su ordenador para realizar la firma seleccione la opción "Firma con certificado local". Es necesario tener instalada la aplicación de escritorio "Autofirma". Para más información Portal de Administración Electrónica
Si dispone de Cl@ve firma seleccione la opción "Firma con cl@ve firma" (opción izquierda).
8. Una vez seleccionado el sistema de firma pulse el botón Firmar.
9. En la pantalla "Confirmación de envío", pulse el botón gris "Registrar".
10. En la pantalla "Fin del proceso" puede obtener su justificante de solicitud.

AVISO: Asegúrese de que se ha realizado bien la tramitación de sus procedimientos. Compruebe que queda registrada su solicitud, con la obtención del justificante.

Descripción 1. La licencia de funcionamiento, tiene por objeto:

- Autorizar la puesta en uso de las Actividades tras comprobar que las obras y las instalaciones han sido ejecutadas de conformidad con el proyecto y condiciones en que la licencia fue concedida.
- Comprobar que se encuentran debidamente terminadas y aptas según las determinaciones urbanísticas, y ambientales.

2. La licencia de funcionamiento no exonera a los solicitantes, constructores, instaladores y técnicos de la responsabilidad de naturaleza civil o penal propias de su actividad, de la administrativa por causas de infracción urbanística que derivase de error o falsedad imputable a los mismos, ni de las correspondientes obligaciones fiscales.

3. En los casos que sea preceptivo, no podrá entregarse la licencia de primera ocupación y funcionamiento sin el previo depósito de los Anexos correspondientes de la Ordenanza de Tramitación de Licencias y Otros Instrumentos de Intervención en Materia de Urbanismo y Autorizaciones para la Instalación de Terrazas de Veladores en Pozuelo de Alarcón.

4. La licencia de funcionamiento que establece la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid para los locales y establecimientos de actividades incluidas dentro de su ámbito de aplicación se concederá en el mismo acto que la de primera ocupación y funcionamiento, por lo que la documentación indicada en los apartados anteriores deberá ser complementada con la establecida por esta Ley y su normas de desarrollo.

5. En el ejercicio de la potestad de inspección urbanística y con la finalidad de poder hacer un seguimiento de los distintos estados de la edificación, en las obras de nueva edificación y reestructuración total, el Ayuntamiento podrá inspeccionar los estados de replanteo, estructura a nivel de calle, terminación de la estructura y finalización de la obra.

6. Será preceptiva la visita de los servicios municipales correspondientes al estado de finalización, que coincidirá con la precisa para la concesión de la licencia de primera ocupación y funcionamiento. El resto serán facultativas.


Ámbito de aplicación: Quedarán sometidas a la necesaria obtención de licencia de funcionamiento las actividades incluidas en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid.


Tramitación del procedimiento de licencia de funcionamiento:

El otorgamiento de la licencia de funcionamiento se ajustará a las prescripciones siguientes:

a) Una vez terminada la actuación y antes del inicio de la actividad, deberá presentarse la Declaración Responsable para funcionamiento de Actividades en el Ayuntamiento con la documentación requerida que figura en el Anexo VI de la Ordenanza de Tramitación de Licencias y Otros Instrumentos de Intervención en Materia de Urbanismo y Autorizaciones para la Instalación de Terrazas de Veladores en Pozuelo de Alarcón aprobada en ejecución del acuerdo plenario de 24 de enero de 2019.

b) Los servicios municipales practicarán, una inspección final con acta de conformidad o no de las obras ejecutadas y de su adecuación al uso y la actividad a la que vayan a ser destinadas.

c) En el supuesto de que la declaración fuera de disconformidad, se requerirá al solicitante para que subsane los reparos detectados por los técnicos municipales. Este requerimiento interrumpirá el plazo de resolución.

d) El informe favorable efectuado por los servicios municipales bastará para conceder por el órgano competente la licencia de funcionamiento.

La misma habilitará, en su caso, para la puesta en funcionamiento de la actividad.

Destinatario Empresas, Particulares y Administraciones Públicas.

Requisitos de iniciación Cualquier persona física o jurídica siempre y cuando la actividad sea dentro del ámbito del municipio de Pozuelo de Alarcón.

Plazo de las solicitudes Una vez terminada la actuación y antes del inicio de la actividad, deberá presentarse la solicitud de licencia en el Ayuntamiento con la documentación requerida que figura en la Ordenanza de Tramitación de Licencias y Otros Instrumentos de Intervención en Materia de Urbanismo y Autorizaciones para la Instalación de Terrazas de Veladores en Pozuelo de Alarcón.

Lugar y medios de presentación · En el Registro Electrónico del Ayuntamiento, así como en los restantes Registros Electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

· En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

· En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

· En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

· Presencialmente (SOLO PARA LAS PERSONAS FÍSICAS) en cualquiera de los Registros sitos en las Oficinas de Atención al Ciudadano).

· Telemáticamente, obligatorio para las personas Jurídicas, opcional para las personas físicas.

Importante: En caso de que la presentación de la instancia se lleve a cabo por una persona jurídica, entidad sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria o quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, el cauce habilitado será únicamente el electrónico, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Procedimiento Tramitación presencial:
- Descargar y rellenar: Instancia de solicitud (disponible en el apartado de "tramitación presencial")
- Descargar y rellenar Anexo 1, Anexo 2 y Anexo 3 (en los casos que sean necesario), que los encontrará en el apartado "Ficheros Anexos" situado al final de esta página.
- Entregar los documentos en las Oficinas de Atención al Ciudadano, en las oficinas de Correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero o en cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Tramitación online:
- Descargar y rellenar: Instancia de solicitud (disponible en el apartado de "tramitación presencial")
- Descargar Anexos 1, Anexo 2 y Anexo 3 (en los casos que sean necesario), que los encontrará en el apartado "Ficheros Anexos" situado al final de esta página.
- Pulsar el botón "tramitar" donde accederá a la "Solicitud de carácter general". Una vez dentro, deberá pulsar el botón "tramitar", situado al final de esta página, para acceder a este formulario online.
- Rellenar el formulario online y adjuntar toda la documentación necesaria en la pantalla de "solicitud".

Forma de iniciación Por el interesado.

Plazo de resolución Sin plazo.

Órgano que Resuelve Gerencia Municipal de Urbanismo.

Efectos del silencio Administrativo No se aplica.

Fin a la vía administrativa Pone fin a la vía administrativa.

Normativa de aplicación - Código de Urbanismo de la Comunidad de Madrid (última versión actualizada a fecha de 16/11/2018) conformado por Ley 9/1995, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo, Ley 7/2000, de 19 de junio, de Rehabilitación de Espacios Urbanos Degradados y de Inmuebles que deban ser objeto de Preservación, Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, Ley 8/2009, de 21 de diciembre, de Medidas Liberalizadoras y de Apoyo a la Empresa Madrileña, Decreto 69/1983, de 30 de junio, sobre distribución de competencias en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo entre los órganos de la Comunidad Autónoma de Madrid, Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, Decreto 92/2008, de 10 de julio, por el que se regulan las modificaciones puntuales no sustanciales de planeamiento urbanístico).

- Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas publicado en BOCM núm. 159 de 07 de Julio de 1997 y BOE núm. 98 de 24 de Abril de 1998.

- Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid publicado en BOCM núm. 142 de 15 de Junio de 2012 y BOE núm. 247 de 13 de Octubre de 2012.

- Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios publicado en BOE núm. 311 de 27 de Diciembre de 2012.

- Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios publicado en: «BOE» núm. 126, de 26 de mayo de 2012.

- Ordenanza de Tramitación de Licencias y Otros Instrumentos de Intervención en Materia de Urbanismo y Autorizaciones para la Instalación de Terrazas de Veladores en Pozuelo de Alarcón aprobada en ejecución del acuerdo plenario de 24 de enero de 2019 (publicada en B.O.C.M. el 11 de febrero de 2019).

- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

- Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

- Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

- Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

- Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa.

- Aquella otra aplicable al supuesto.

Unidad gestora Departamento de Licencias de Actividad.

Departamento Departamento de Licencias de Actividad.

Centro Directivo Gerencia Municipal de Urbanismo.

Sujeto a tasa o precio público No sujeto a tasa, según las Ordenanzas Fiscales a aplicar.

Más información Atención al público a través de:

· Email: licenciasdeactividades@pozuelo.madrid (Política de privacidad).

· Tfno.: 91 452 27 13/14

o bien, presencialmente en la Plaza Mayor nº 1, Planta 1 - 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid).

· Horario de citas con los Técnicos: Lunes, Miércoles y Viernes de 9 a 11h, solicitándolo previamente, a través de email o vía telefónica.

Tipo de tramitación Externo común (trámites que se realizan de igual o similar modo y con arreglo a la misma normativa en todos los órganos administrativos).

Tipología de la tramitación Procedimiento administrativo.


Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Impreso de solicitud normalizada: Documentación General. Deberán descargarlo en el apartado "Ficheros Anexos" situado al final de la página de información de este Procedimiento, adjuntándolo al resto de la documentación una vez cumplimentado y firmado digitalmente por el "Titular de la Licencia". Obligatorio Ambas
DNI o NIE: DNI o NIE del solicitante y, en su caso, de la persona que lo represente.del solicitante y en su caso, de la persona que lo represente. Obligatorio Ambas
Representación: En caso de representación: deberá acreditarse la representación mediante documentación necesaria. Opcional Ambas
CIF: En caso de persona jurídica: CIF, documento acreditativo de su representación o apoderamiento y escritura de constitución de la sociedad.
Opcional Ambas
Anexo 1. Identificación industrial: Impreso de identificación industrial, según Anexo I de la Ley 10/1993, de la Comunidad de Madrid.
Lo podrá descargar en el apartado "Ficheros Anexos" situado al final de la página de Información de éste Procedimiento en Sede Electrónica.
Obligatorio Ambas
Anexo 2. Ficha técnica de locales y otros establecimientos abiertos al público: Ficha técnica de locales y otros establecimientos abiertos al publico (según artículo 5, punto 4.c), del Decreto 184/1998, de 22 de Octubre, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e instalaciones de la Comunidad de Madrid
Lo podrá descargar en el apartado "Ficheros Anexos" situado al final de la página de Información de éste Procedimiento en Sede Electrónica.
Obligatorio Ambas
Anexo 3. Documento de solicitud de vertido: Documento de solicitud de vértido, según Anexo II de la Ley 10/1993, de la Comunidad de Madrid (para actividades incluidas en el Anexo 3).
Lo podrá descargar en el apartado "Ficheros Anexos" situado al final de la página de Información de éste Procedimiento en Sede Electrónica.
Opcional Ambas
Seguro de responsabilidad civil del establecimiento (Sin franquicia): Seguro de responsabilidad civil del establecimiento (SIN FRANQUICIA) que cubra los riesgos de incendio y de responsabilidad civil por daños a los concurrentes y a terceros derivados de las condiciones del local, de sus instalaciones y servicios, así como de la actividad desarrollada y del personal que preste sus servicios en el mismo; con el importe exigido en base al aforo del establecimiento.

Conforme a lo señalado en el artículo 6.3 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, el importe será el siguiente:

· Hasta 50 personas: 42.070,85 euros.
· Hasta 100 personas: 60.101,21 euros.
· Hasta 300 personas: 120.202,42 euros.
· Hasta 700 personas: 480.809,68 euros.
· Hasta 1.500 personas: 721.214,53 euros.
· Hasta 5.000 personas: 1.202.024,21 euros.
Obligatorio Ambas
Certificado final del técnico competente: Certificado final del técnico competente, acreditativo de que las instalaciones del local, recinto y establecimiento se han realizado bajo su dirección, ajustándose a las condiciones y prescripciones del proyecto de actividad presentado y la previa licencia municipal de actividad, así como a las previstas en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, en el Decreto 184/1998 de la Comunidad de Madrid, las Ordenanzas Municipales y demás normativa de aplicación.
Obligatorio Ambas
Contrato de mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios: Contrato de mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios, por empresa debidamente autorizada y registrada por la Comunidad de Madrid, designada por el titular de la actividad.
Obligatorio Ambas
Certificado para puesta en funcionamiento (ante E.I.C.I. o agente habilitado): Certificado para puesta en funcionamiento (ante E.I.C.I. o agente habilitado), o si procede revisión periódica, de las instalaciones de electricidad, contraincendios, Aire acondicionado, gas, etc... Obligatorio Ambas
Certificado de medición acústica: Certificado de medición acústica, según normas UNE, realizada por empresa homologada, firmada por técnico competente (en el caso de que proceda por afectar directamente al uso residencial). Los valores deberán ajustarse a la normativa de aplicación y a la justificación del proyecto técnico presentado. Opcional Ambas
Contrato de mantenimiento y limpieza: Contrato de mantenimiento y limpieza de la campana extractora, conductos y filtros con una periodicidad mínima de seis meses.
Opcional Ambas
Contrato de recogida de aceites usados: Contrato de recogida de aceites usados por gestor autorizado por la Comunidad de Madrid.
Opcional Ambas
Plan de autoprotección: Plan de autoprotección. Opcional Ambas
Declaración de impacto ambiental: En su caso, copia de la declaración de impacto ambiental o de la resolución sobre la innecesaridad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, si la actividad se corresponde con alguno de los proyectos sometidos a evaluación ambiental.
Opcional Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Tramitación telemática
Tramitar
Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
Plaza Mayor 1, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid)
Telf. 91 452 27 00

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