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Pozuelo de Alarcón



Convocatoria de subvenciones para campamentos y/o colonias urbanas infantiles durante el verano 2024



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónicaNivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Información
Importante Para realizar este trámite deberá identificarse utilizando uno de los siguientes medios:

· Certificado Electrónico
· DNI Electrónico
· Clave Permanente

Para completar su inscripción siga los siguientes pasos:

1. Pulse en el botón "Tramitar" situado en la parte inferior de esta página.
2. Pulse el icono de cl@ve (gris y naranja) para acceder a su identificación.
3. Seleccione su método de identificación (Certificado Electrónico / DNI Electrónico / Cl@ve Permanente).
4. Cumplimente el formulario.
5. Pulse el botón "Adjuntar y firmar documentación".
6. En la pantalla "Solicitud", adjunte un documento si es necesario. Si no lo fuera, pulse "enviar documentación o continuar".
7. Seleccione el sistema de firma. Si va a utilizar su certificado instalado en su ordenador para realizar la firma seleccione la opción "Firma con certificado local". Es necesario tener instalada la aplicación de escritorio "Autofirma". Para más información Portal de Administración Electrónica
Si dispone de Cl@ve firma seleccione la opción "Firma con cl@ve firma" (opción izquierda).
8. Una vez seleccionado el sistema de firma pulse el botón Firmar.
9. En la pantalla "Confirmación de envío", pulse el botón gris "Registrar".
10. En la pantalla "Fin del proceso" puede obtener su justificante de solicitud.

AVISO: Asegúrese de que se ha realizado bien la tramitación de sus procedimientos. Compruebe que queda registrada su solicitud, con la obtención del justificante.

Descripción Concesión de ayudas a las familias de Pozuelo de Alarcón para costear parcialmente los gastos ocasionados por la realización de campamentos y/o colonias urbanas de verano en el período estival 2024, como medida de fomento del ocio y tiempo libre, así como del deporte, durante las vacaciones escolares.

La ayuda concedida será de hasta 100 ¤ por cada hijo, o menor tutelado o acogido que haya sido inscrito en un campamento o colonia urbana durante el periodo estival 2024 y que no pertenezca a oferta de campamentos o colonias organizadas por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

En caso de que se realicen dos solicitudes respecto de un mismo menor, se podrá conceder hasta el 50% de la ayuda a cada solicitante o parte proporcional justificada.

Destinatario Podrán ser beneficiarios de la ayuda el progenitor, tutor o acogedor residente en Pozuelo de Alarcón con hijos en edades comprendidas entre los 0 y los 12 años que hayan realizado la actividad subvencionable.

No podrán obtener la condición de beneficiario las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.

La percepción de estas ayudas será compatible con otras para la misma finalidad concedidas por el Estado, la Comunidad Autónoma de Madrid o por otras Administraciones Públicas.

Requisitos de iniciación Para poder ser beneficiario de esta ayuda, deberán cumplirse los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

4.1 Ser progenitor, tutor o acogedor del menor para el que se solicita la ayuda.

4.2. El progenitor, tutor o acogedor solicitante deberá estar empadronado en Pozuelo de Alarcón. La fecha de empadronamiento deberá ser anterior al inicio del plazo de presentación de solicitudes.

En caso de extranjeros que residan en Pozuelo de Alarcón deberán tener residencia legal en España.

4.3. El menor que realice la actividad subvencionable deberá haber nacido entre los años 2012 y 2024, ambos incluidos y haber asistido a una colonia y/o campamento urbano en el período establecido para la realización de la actividad, que debe ser distinta de las organizadas y realizadas por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

4.4. Los beneficiarios de la ayuda deberán estar al corriente de sus obligaciones:

4.4.1. Obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
4.4.2. Obligaciones con la Seguridad Social.
4.4.3. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

Los interesados podrán consultar la existencia de deudas con el Ayuntamiento a través de la Oficina Virtual Tributaria (únicamente en caso de contar con certificado electrónico), en la Oficina de Atención al Contribuyente del Ayuntamiento, o enviando un correo electrónico att.contribuyente@pozuelo.madrid (Política de privacidad) con el fin de ponerse al corriente de pago.

Plazo de presentación Una vez publicada la convocatoria en la Base Nacional de Subvenciones, y un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del extracto en el BOCM, siendo el último día de presentación el 10 de septiembre de 2024.

Fecha de inicio: 00:00 h del 6 de julio de 2024.
Fecha de fin: 23:59 h del 10 de septiembre de 2024.

Lugar de presentación (Canales de acceso) La solicitud se formulará en el modelo indicado y se podrá presentar, debidamente cumplimentada y acompañada de la documentación exigida, por cualquiera de los siguientes medios:

6.1. Presencialmente en cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento.

6.2. De forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón. (https://sede.pozuelodealarcon.es)

6.3. El resto de procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

El modelo de solicitud estará disponible en la página web www.pozuelodealarcon.org, así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (https://sede.pozuelodealarcon.es), en la en la sede de la Concejalía de Conciliación, Educación y Relaciones con las Universidades y en las Oficinas de Atención al Ciudadano de Pozuelo de Alarcón.

Forma de iniciación Por el interesado.

Plazo Máximo de Resolución y Notificación El plazo para resolver la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. En el caso de que no se haya resuelto y notificado en el plazo referido, se entenderá desestimada la solicitud, sin perjuicio de la necesidad de resolver, y sin perjuicio del sentido de la resolución expresa que se dicte.

Órgano que Resuelve La resolución de concesión o denegación corresponde a la Junta de Gobierno Local.

Efectos del silencio Administrativo Negativo.

Fin a la vía administrativa La resolución pondrá fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la resolución de concesión y denegación de las ayudas podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Gobierno Local, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente de su publicación.

Normativa de aplicación Las ayudas que se conceden tendrán el carácter de subvención y se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y con sujeción a la Ordenanza General de Subvenciones de Pozuelo de Alarcón, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 294, de 10 de diciembre de 2012, como bases reguladoras de esta convocatoria.

Las ayudas se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el artículo 58 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, y el artículo 13 de la Ordenanza General reguladora de las Subvenciones del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

Unidad gestora Unidad Administrativa de Educación.

Departamento Concejalía de Conciliación, Educación y Relaciones con las Universidades.

Centro Directivo Ayuntamiento.

Sujeto a tasa o precio público Gratuito.

Mas información Concejalía de Conciliación, Educación y Relaciones con las Universidades
Teléfono externo: 91 452 27 16
Horario: De lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas
Email: conciliacion@pozuelo.madrid (Política de privacidad)

Tipo de tramitación Externo específico.

Tipología de la tramitación Procedimiento Administrativo.


Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Formulario online: disponible en el botón "Tramitar Ahora". Obligatorio Telemática
Solicitud: solicitud de la ayuda. Obligatorio Presencial
Libro de Familia completo o certificación del Registro Civil: o, en el caso de extranjeros, documentación acreditativa de la filiación, tutela o guarda y custodia. Obligatorio Ambas
Facturas justificativas del gasto: relacionadas en la solicitud donde se especifique indubitativamente que está pagada y/o justificante de pago. Obligatorio Ambas
Resolución judicial o administrativa acreditativa: en caso de acogimiento. Opcional Ambas
Volante de empadronamiento del solicitante: en caso de no autorizar la consulta. Obligatorio Ambas
Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón: en caso de no autorizar la consulta.
Obligatorio Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Tramitación telemática
Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
Plaza Mayor 1, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid)
Telf. 91 452 27 00

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