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Pozuelo de Alarcón



Subvención para la financiación de los proyectos de las entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de Juventud



Nivel de Modernización 1. Información

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Importante Para realizar este trámite deberá identificarse utilizando uno de los siguientes medios:

· Certificado Electrónico
· DNI Electrónico
· Clave Permanente

Para completar su inscripción siga los siguientes pasos:

1. Pulse en el botón "Tramitar" situado en la parte inferior de esta página.
2. Pulse el icono de cl@ve (gris y naranja) para acceder a su identificación.
3. Seleccione su método de identificación (Certificado Electrónico / DNI Electrónico / Cl@ve Permanente).
4. Cumplimente el formulario.
5. Pulse el botón "Adjuntar y firmar documentación".
6. En la pantalla "Solicitud", adjunte un documento si es necesario. Si no lo fuera, pulse "enviar documentación o continuar".
7. Seleccione el sistema de firma. Si va a utilizar su certificado instalado en su ordenador para realizar la firma seleccione la opción "Firma con certificado local". Es necesario tener instalada la aplicación de escritorio Autofirma?. Para más información Portal de Administración Electrónica
Si dispone de Cl@ve firma seleccione la opción "Firma con cl@ve firma" (opción izquierda).
8. Una vez seleccionado el sistema de firma pulse el botón Firmar.
9. En la pantalla "Confirmación de envío", pulse el botón gris "Registrar".
10. En la pantalla "Fin del proceso" puede obtener su justificante de solicitud.

Descripción El objeto de este trámite es la solicitud de subvención en régimen de concurrencia competitiva para la financiación de los proyectos de las entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de la juventud.

Estas subvenciones están dirigidas a entidades cuya finalidad sea el desarrollo de actividades sin ánimo de lucro destinadas a jóvenes con edades comprendidas entre los 12 y los 30 años de edad a través del desarrollo de proyectos que fomenten el fortalecimiento del tejido social y la mejora de la calidad de vida y del bienestar de la ciudadanía en el término municipal.

Destinatario Podrán participar las personas físicas con edad comprendidas entre los 12 y los 30 años.

Podrán ser beneficiarias las entidades que reúnan los dos requisitos siguientes:

1. Se encuentren debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones/Fundaciones de la Comunidad de Madrid o, en su caso, en los registros correspondientes a nivel estatal, conforme a lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones.

2. Que se encuentren inscritas en el Registro de Asociaciones Municipal de Pozuelo de Alarcón como asociaciones juveniles.

3. Los beneficiarios de la ayuda deberán estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

El cumplimiento de las obligaciones con la AEAT y con la Seguridad Social podrán acreditarse mediante la presentación de una declaración responsable, incluida en el Anexo I.

No podrán ser beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 5 apartado 6 de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones de este Ayuntamiento, y artículos 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 18 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Requisitos de iniciación Ninguno.

Plazo de presentación El plazo de presentación de solicitudes será del día siguiente a la publicación en el BOCM de la convocatoria hasta el 15 de septiembre de 2024 ambos inclusive.

Ampliación de plazo:

Ampliado el plazo de presentación al 16 de septiembre de 2024, en virtud del artículo 30.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Lugar de presentación (Canales de acceso) La solicitud, acompañada de la documentación complementaria correspondiente, deberá presentarse electrónicamente a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, al que se podrá acceder a través de (Sección Registro Electrónico), así como en los restantes registros electrónicos de la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local o el sector público institucional, según lo dispuesto en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En todo caso, las solicitudes se habrán de formular mediante los documentos normalizados que están disponibles en esta Sede Electrónica: https://sede.pozuelodealarcon.es

Forma de iniciación Por el interesado.

Plazo Máximo de Resolución y Notificación El plazo para resolver la convocatoria será de seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la misma en el B.O.C.M. En el caso de que no se haya resuelto y notificado en el plazo referido, se entenderá desestimada la solicitud, sin perjuicio de la necesidad de resolver, y sin perjuicio del sentido de la resolución expresa que se dicte.

Órgano que Resuelve En virtud de lo dispuesto en el artículo 127. g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la competencia para el desarrollo de la gestión económica viene atribuida a la Junta de Gobierno Local, o en quien ella delegue.

Efectos del silencio Administrativo Negativo.

Fin a la vía administrativa La resolución pondrá fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Contra la resolución de concesión o denegación de la ayuda podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso de reposición potestativo ante la Junta de Gobierno Local, de conformidad con el artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.

Normativa de aplicación El Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, al amparo de las competencias recogidas en el apartado 25.2.l) y m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece las ayudas destinadas a financiar los proyectos de las entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de la juventud.

En lo no previsto en esta convocatoria se estará a lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones de Pozuelo de Alarcón, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 294, de 10 de diciembre de 2012, como bases reguladoras de la misma, así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón para 2024, y supletoriamente en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Departamento Concejalía de Juventud y Voluntariado.

Centro Directivo Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

Sujeto a tasa o precio público Gratuito.

Más información Concejalía de Juventud y Voluntariado
CUBO Espacio Joven
Calle San Rafael 2. 28224. Pozuelo de Alarcón
Horario de Información: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00
91 352 70 80
c.juventud@pozuelo.madrid (Política de privacidad).

Tipo de tramitación Externo específico.

Tipología de la tramitación Procedimiento Administrativo.


Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Anexo I: Datos de la entidad solicitante. Obligatorio Telemática
Anexo II: Descripción básica del proyecto. Obligatorio Telemática
Anexo III: Certificado nombramiento del/de la presidente/a de la entidad. Obligatorio Telemática

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Tramitación telemática
Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
Plaza Mayor 1, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid)
Telf. 91 452 27 00

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