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Pozuelo de Alarcón



Solicitud de participación en el XXIV Certamen de Teatro Aficionado "Jose María Rodero"



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Información
Descripción El objeto de la Solicitud es la participación en el Certamen de Teatro Aficionado "José María Rodero" por parte de los grupos de teatro no profesionales de la Comunidad de Madrid.

La Concejalía de Cultura, Conciliación, Educación y Relaciones con las universidades del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón organiza el Certamen de Teatro Aficionado "José María Rodero", dirigido a las Compañías de Teatro Aficionado de la Comunidad de Madrid, en régimen de concurrencia competitiva, con el objetivo de apoyar el teatro no profesional y promover el acceso a la cultura y las artes escénicas.

El Certamen se celebrará en el Teatro Mira de Pozuelo de Alarcón los días 19, 20, 21, 26, 27 y 28 de septiembre de 2025. Las funciones serán a las 19:30 horas. (Fechas y horarios susceptibles de cambios por necesidades de programación.)

Destinatario Compañías de Teatro Aficionado de la Comunidad de Madrid.

Requisitos de iniciación El Certamen está únicamente abierto a grupos de teatro no profesional de la Comunidad de Madrid.

La forma jurídica de los participantes debe ser la de Asociación Cultural sin ánimo de lucro o similar, que se acreditará mediante el CIF de la asociación o cualquier otro documento que lo acredite, como la pertenencia a federaciones de Teatro Aficionado.

Los espectáculos podrán ser de cualquier género teatral, excluyendo los destinados a público infantil.

Solo se podrá presentar una obra por cada grupo. No se aceptarán los montajes ya seleccionados del mismo grupo en ediciones anteriores.

Las obras seleccionadas deberán ser representadas sin cambios en el texto con respecto al enviado. La modificación de alguna de sus partes, puede ser causa de descalificación. Los cambios en el elenco deben ser comunicados previamente a la organización para su aprobación.

Plazo de presentación El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a partir de la publicación de un extracto de la convocatoria en el BOCM.

Lugar de presentación (Canales de acceso) Las solicitudes se enviarán de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón a través del formulario online disponible en el botón "Tramitar" del apartado "Tramitar ahora" situado al principio de la página.

Para ello será necesaria la acreditación por alguno de los sistemas de identificación y firma (DNEe/Certificado electrónico, Cl@ve Permanente o Cl@ve Pin).
Forma de iniciación Por el interesado.

Plazo Máximo de Resolución y Notificación El plazo máximo para dictar la resolución del presente procedimiento será de tres meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria, conforme lo establecido en el artículo 23.2.a) de la OGRS. Asimismo, en el caso de que transcurra el plazo indicado sin que se haya notificado resolución expresa, se entenderá que la misma ha sido denegatoria, y además no existe posibilidad de terminación convencional.

Órgano que Resuelve La competencia para otorgar estos premios-subvención corresponde a la Junta de Gobierno Local en virtud de art. 127.g) de la LRBRL. Dicha competencia, no obstante, ha sido delegada en la Concejal delegada de Cultura, Conciliación, Educación y Relaciones con las Universidades en virtud del Acuerdo de la JGL de 6 de noviembre de 2024.

El acuerdo, además de contener los grupos seleccionados, hará constar la desestimación del resto de las solicitudes.

Efectos del silencio Administrativo Desestimatorio, en virtud de lo contemplado en el artículo 24.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Las notificaciones a los interesados se efectuarán en los mismos medios de publicación previstos en el artículo 4º de la presente convocatoria. El anuncio de la Resolución se publicará conforme a lo establecido en la Disposición Adicional Decimoséptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 diciembre, de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales y demás normativa aplicable.

Fin a la vía administrativa Contra el acuerdo, que pone fin a la vía administrativa según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante la Junta de Gobierno Local o de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Si optara por interponer el recurso potestativo de reposición no podrá interponer recurso contencioso hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Normativa de aplicación Esta convocatoria, al consistir en un premio-subvención, se rige por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).

La concesión se efectúa en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (publicada en B.O.C.M. núm. 294 del día 10 de diciembre de 2012).

Asimismo es de aplicación el Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003, las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón para el ejercicio en curso, el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y por cuantas otras normas de carácter general o procedimental que resulten de aplicación.

Unidad gestora Concejalía de Cultura, Conciliación, Educación y Relaciones con las Universidades.

Departamento Teatro Mira.

Centro Directivo Ayuntamiento.

Información adicional Los 6 grupos seleccionados recibirán como premio:

· Representar la obra seleccionada en el Teatro Mira.
· Un premio económico de 800,00 euros.

Los premios estarán sujetos a la legislación fiscal vigente, realizándose sobre dichas cantidades las retenciones legales establecidas.

Los grupos que resulten premiados deberán acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, mediante los correspondientes certificados o mediante la presentación de declaración responsable, conforme al artículo 24.4 y 22.1 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. (Según modelo del Anexo 2)

Sujeto a tasa o precio público No aplica.


Más información Concejalía de Cultura, Conciliación, Educación y Relaciones con las Universidades
Dpto. Teatro Mira
Horario de información: de 9.30 a 14.00 horas de lunes a viernes.
Tfno.: 91 762 83 00
Carmen Iglesias
ciglesias@pozuelo.madrid (Política de privacidad).

Tipo de tramitación Externo específico.

Tipología de la tramitación Procedimiento Administrativo.


Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Solicitud de participación: debidamente cumplimentada. (Anexo 1).
Obligatorio Telemática
Fotocopia del CIF del grupo de teatro: fotocopia del CIF del grupo de teatro. Obligatorio Telemática
D.N.I. de la persona que presenta la solicitud: D.N.I. de la persona que presenta la solicitud. Obligatorio Telemática
Autorización de la SGAE : para la representación de la obra (o correspondiente entidad que gestione los derechos de autor). Obligatorio Telemática
Dossier completo: debe incluir la sinopsis de la obra, imágenes, ficha artística completa, ficha técnica (material de iluminación y sonido necesario, plano de luces), trayectoria del grupo, premios y prensa, etc.). Todo ello deberá estar contenido en un único documento. Obligatorio Telemática
Enlace de vídeo de la función completa : que no necesite clave de acceso, ni caduque y que tenga suficiente calidad de imagen y sonido. Obligatorio Telemática
Certificado emitido por la Federación de Teatro Amateur: Para los grupos no federados, certificado con firma del secretario/a indicando su trayectoria como grupo de teatro aficionado. Obligatorio Telemática

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Tramitación telemática
Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
Plaza Mayor 1, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid)
Telf. 91 452 27 00

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