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Pozuelo de Alarcón



MODELO II.1 - Declaración Responsable Primera Ocupación y Funcionamiento



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónicaNivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Información
Importante Para realizar este trámite deberá identificarse utilizando uno de los siguientes medios:

· Certificado Electrónico
· DNI Electrónico
· Clave Permanente

Para completar su inscripción siga los siguientes pasos:

1. Pulse en el botón "Tramitar" situado en la parte superior de esta página.
2. Pulse el icono de cl@ve (gris y naranja) para acceder a su identificación.
3. Seleccione su método de identificación (Certificado Electrónico / DNI Electrónico / Cl@ve Permanente).
4. Cumplimente el formulario.
5. Pulse el botón "Adjuntar y firmar documentación".
6. En la pantalla "Solicitud", adjunte un documento si es necesario. Si no lo fuera, pulse "enviar documentación o continuar".
7. Seleccione el sistema de firma. Si va a utilizar su certificado instalado en su ordenador para realizar la firma seleccione la opción "Firma con certificado local". Es necesario tener instalada la aplicación de escritorio "Autofirma". Para más información Portal de Administración Electrónica
Si dispone de Cl@ve firma seleccione la opción "Firma con cl@ve firma" (opción izquierda).
8. Una vez seleccionado el sistema de firma pulse el botón Firmar.
9. En la pantalla "Confirmación de envío", pulse el botón gris "Registrar".
10. En la pantalla "Fin del proceso" puede obtener su justificante de solicitud.

AVISO: Asegúrese de que se ha realizado bien la tramitación de sus procedimientos. Compruebe que queda registrada su solicitud, con la obtención del justificante.

Descripción Se presentará Declaración Responsable de Primera Ocupación y/o funcionamiento en el caso de las edificaciones de nueva planta, las casas prefabricadas y de los edificios e instalaciones en general, así como en los casos de cambio de uso de local a vivienda, ampliaciones e intensificaciones de uso.

La Declaración Responsable Urbanística es el documento en el que el interesado manifiesta bajo su responsabilidad, de forma clara y precisa que la actuación urbanística que pretende realizar cumple con los requisitos exigidos en la normativa urbanística y sectorial aplicable a dicha actuación, que dispone de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa y que la pondrá a disposición del Ayuntamiento cuando le sea requerida, comprometiéndose a mantener dicho cumplimiento durante el tiempo que dure la realización del acto objeto de la declaración.

Tramitación del Procedimiento de Declaración Responsable Primera Ocupación y/o Funcionamiento – Modelo II.1:

El régimen y efectos de la declaración responsable urbanística es el establecido en el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de las especialidades contenidas en la legislación específica en materia de urbanismo que sea aplicable.

La declaración responsable habilita al interesado para el ejercicio de la actuación pretendida desde el día de su presentación en el registro del Ayuntamiento, sin perjuicio de las funciones municipales de comprobación, control e inspección recogidas en la Ley.
En el caso de las declaraciones responsables urbanísticas de primera ocupación y funcionamiento de las edificaciones de nueva planta y de las casas prefabricadas, así como de los edificios e instalaciones en general, el incumplimiento de los requisitos necesarios para el uso previsto dará lugar al régimen previsto en el artículo 11.5 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.

Las actuaciones sujetas a declaración responsable urbanística que se realicen sin su presentación se considerarán como actuaciones sin título habilitante a todos los efectos, aplicándoseles el régimen de protección de la legalidad y sancionador previsto en el Título V de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore en la declaración responsable, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actuación legitimada, sin perjuicio del resto de responsabilidades conforme a la legislación del procedimiento administrativo común. La resolución administrativa que declare el cese en el ejercicio del derecho podrá determinar la obligación de restituir la situación jurídica al momento previo del inicio de los actos de transformación, construcción, edificación y uso del suelo, el subsuelo y el vuelo.

La declaración responsable será objeto necesariamente de control posterior por el Ayuntamiento o sus entidades colaboradoras a las que se refieren las Disposiciones Adicionales Primera y Segunda de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
En el control posterior, se comprobará, en primer lugar, la veracidad de los datos y de los documentos aportados, así como el cumplimiento de los requisitos formales exigidos.

De apreciarse deficiencias, se procederá a requerir su subsanación durante un plazo de diez días, con indicación expresa de que, si no lo hiciera, la declaración responsable devendrá ineficaz y se prohibirá el ejercicio de las actuaciones objeto de esta. La no subsanación de deficiencias determinará la imposibilidad de llevar a cabo las actuaciones declaradas, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

Se comprobará la conformidad con la normativa aplicable en el plazo máximo de tres meses desde la presentación de la declaración responsable, o en su caso, desde la presentación de la subsanación de las deficiencias formales.

En el caso de apreciarse incumplimientos o deficiencias esenciales, que no sean susceptibles de subsanación, en particular la incompatibilidad de uso o la existencia de afecciones a la seguridad o al medio ambiente que generen un grave riesgo, se ordenará, previa audiencia al interesado, la paralización de las actuaciones declaradas, sin perjuicio de las responsabilidades indicadas en el apartado anterior. Esta resolución obligará al interesado a restituir el orden jurídico infringido, y podrá determinar la imposibilidad de presentar una nueva declaración responsable con el mismo objeto durante un periodo máximo de un año.

La comprobación de la conformidad de la actuación con la normativa aplicable en los términos antes indicados resultará en la emisión por el Ayuntamiento del correspondiente acto de conformidad cuando ello fuera necesario a los efectos previstos en la legislación que resulte de aplicación. En particular, a los efectos previstos en el artículo 28.1 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.
Sin perjuicio de lo anterior, asimismo, se podrá ejercer, en cualquier momento, sobre las actuaciones declaradas, las facultades inspectoras previstas en la Ley.
Destinatario Empresas, Particulares y Administraciones Públicas.
Requisitos de iniciación Se presentará Declaración Responsable en el caso de las edificaciones de nueva planta, las casas prefabricadas y de los edificios e instalaciones en general, así como en los casos de cambio de uso de local a vivienda, ampliaciones e intensificaciones de uso.
La solicitud contendrá los datos exigidos por la Ley de Procedimiento Administrativo Común vigente para la iniciación de los procedimientos administrativos en cuanto a identificación del interesado, solicitud, lugar, fecha y firma y órgano a quien se dirige.
Plazo de presentación El procedimiento se iniciará mediante la presentación del modelo normalizado acompañado de la documentación indicada en el mismo.
La declaración responsable habilita al interesado para el ejercicio de la actuación pretendida desde el día de su presentación en el registro del Ayuntamiento, sin perjuicio de las funciones municipales de comprobación, control e inspección recogidas en la Ley
Lugar de presentación (Canales de acceso) En el Registro Electrónico del Ayuntamiento, así como en los restantes Registros Electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Importante: para las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria o quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, el cauce habilitado será únicamente el electrónico, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Presencialmente (SÓLO PARA PERSONAS FISICAS) en cualquiera de los Registros sitos en las Oficinas de Atención al Ciudadano (OACs). La presentación en las OACs podría estar sujeta a la petición de cita previa en el teléfono 91 452 27 01.

En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Procedimiento Tramitación online:

Deberá situarse arriba, al INICIO DE ESTA PAGINA e ir pulsando las distintas pestañas que ahí encontrará, en el orden siguiente:
1º En la pestaña de "Ficheros anexos":

- Descargar y rellenar: Impreso de solicitud normalizada Modelo I.1

- Descargar y rellenar Anexos (en los casos que sean necesario).

2º Pulsar el botón "Tramitar Ahora":

- Una vez dentro, deberá pulsar el botón "Tramitar", para acceder al formulario online.

- Rellenar el formulario online y adjuntar toda la documentación necesaria que aparece en la pestaña de "Documentación".
Forma de iniciación Por el interesado.
Plazo Máximo de Resolución y Notificación La resolución del órgano competente deberá producirse en el plazo máximo establecido en la legislación urbanística de aplicación y en la de procedimiento administrativo común vigente.
Órgano que Resuelve Resolución del Director General de Urbanismo, Vivienda y Nuevos Proyectos del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
Efectos del silencio Administrativo En los supuestos de sujeción a licencia urbanística regulados en la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, transcurrido el plazo de resolución sin haberse notificado esta, el interesado podrá entender desestimada su petición por silencio administrativo, en los términos establecidos en la legislación básica estatal.
Normativa de aplicación • Código de Urbanismo de la Comunidad de Madrid (última versión actualizada a fecha de 16/11/2018) conformado por Ley 9/1995, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo, Ley 7/2000, de 19 de junio, de Rehabilitación de Espacios Urbanos Degradados y de Inmuebles que deban ser objeto de Preservación, Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, Ley 8/2009, de 21 de diciembre, de Medidas Liberalizadoras y de Apoyo a la Empresa Madrileña, Decreto 69/1983, de 30 de junio, sobre distribución de competencias en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo entre los órganos de la Comunidad Autónoma de Madrid, Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, Decreto 92/2008, de 10 de julio, por el que se regulan las modificaciones puntuales no sustanciales de planeamiento urbanístico).

• Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas publicado en BOCM núm. 159 de 07 de Julio de 1997 y BOE núm. 98 de 24 de abril de 1998.

• Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid publicado en BOCM núm. 142 de 15 de junio de 2012 y BOE núm. 247 de 13 de octubre de 2012.

• Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios publicado en BOE núm. 311 de 27 de diciembre de 2012.

• Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios publicado en: «BOE» núm. 126, de 26 de mayo de 2012.

• Ordenanza de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas de Pozuelo de Alarcón, aprobada en ejecución del acuerdo plenario de 20 de junio de 2024 (publicada en B.O.C.M. el 5 de julio de 2024).

• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

• Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.

• Plan General de ordenación Urbana (PGOU) de Pozuelo de Alarcón (2002).

• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

• Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

• Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

• Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

• Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa.

• Aquella otra aplicable al supuesto.
Unidad gestora Departamento de Licencias de Obras.
Departamento Departamento de Licencias.
Centro Directivo Dirección General de Urbanismo, Vivienda y Nuevos Proyectos correspondiente al Área de Gobierno de Medio Ambiente, Vivienda y Embellecimiento y Desarrollo de la Ciudad del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
Sujeto a tasa o precio público Sujeto a tasa, según las Ordenanzas Fiscales a aplicar.
Más información Atención al público a través de:

• Email: licencias@pozuelo.madrid

• Tfno.: 91 452 27 13, o bien presencialmente, en la Plaza Mayor nº 1, Planta 1ª - 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid).
Tipo de tramitación Procedimiento administrativo.

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Impreso de solicitud normalizada: "DECLARACIÓN RESPONSABLE PRIMERA OCUPACIÓN Y/O FUNCIONAMIENTO – MODELO II.1 ": Lo podrá descargar en la pestaña situada al INICIO DE ESTA PAGINA, donde pone "Ficheros Anexos", adjuntándolo al resto de la documentación, una vez cumplimentado y firmado digitalmente por el "Titular de la Licencia", en su caso. Obligatorio Telemática
DNI o NIE: del Titular y, en su caso, de la persona que lo represente. Obligatorio Telemática
Representación: en caso de representación: deberá acreditarse la representación mediante documentación necesaria. Obligatorio Telemática
CIF - En caso de persona jurídica: CIF, documento acreditativo de su representación o Apoderamiento y Escritura de Constitución de la Sociedad Obligatorio Telemática
Carta de pago de la Tasa Municipal: Carta de pago de la Tasa Municipal Obligatorio Telemática
Justificante de pago: justificante de haber realizado el pago de la tasa correspondiente. Obligatorio Telemática
En el caso de presentar declaración responsable de PRIMERA OCUPACIÓN se aportarán los siguientes documentos: HOJA RESUMEN DEL COSTE FINAL DE LA OBRA visada por el Colegio Profesional, al objeto de la comprobación formal y de fondo de la documentación presentada y eventual inspección del cumplimiento de la legalidad, de la actuación declarada.. Opcional Telemática
En el caso de presentar declaración responsable de PRIMERA OCUPACIÓN se aportarán los siguientes documentos: LIBRO DEL EDIFICIO en formato digital, al objeto de la comprobación formal y de fondo de la documentación presentada y eventual inspección del cumplimiento de la legalidad, de la actuación declarada. Opcional Telemática
En el caso de presentar declaración responsable de PRIMERA OCUPACIÓN se aportarán los siguientes documentos: CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA del edificio terminado firmado por técnico competente, al objeto de la comprobación formal y de fondo de la documentación presentada y eventual inspección del cumplimiento de la legalidad, de la actuación declarada.. Opcional Telemática
En el caso de presentar declaración responsable de PRIMERA OCUPACIÓN se aportarán los siguientes documentos: MEMORIA DESCRIPTIVA Y JUSTIFICATIVA DE LAS ALTERACIONES INTRODUCIDAS DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS, acompañada de los planos que detallen las mismas, en su caso, suscritos por técnico competente y visado por el Colegio correspondiente. Al objeto de la comprobación formal y de fondo de la documentación presentada y eventual inspección del cumplimiento de la legalidad, de la actuación declarada. Se aportará un ejemplar en soporte digital que contendrá la documentación completa en PDF y una copia de todos los planos del mismo en formato DXF o similar que incluirá polilíneas que definan las superficies de ocupación y edificabilidad computables, en su caso. Opcional Telemática
En el caso de presentar declaración responsable de PRIMERA OCUPACIÓN se aportarán los siguientes documentos: CERTIFICADO DE CALIFICACIÓN DEFINITIVA emitida por el órgano competente de la Comunidad de Madrid, en caso de tratarse de viviendas sometidas a algún régimen de protección, al objeto de la comprobación formal y de fondo de la documentación presentada y eventual inspección del cumplimiento de la legalidad, de la actuación declarada.. Opcional Telemática
En el caso de presentar declaración responsable de PRIMERA OCUPACIÓN se aportarán los siguientes documentos: COPIA DECLARACIÓN CATASTRAL: justificante de presentación de la declaración catastral (Modelo 900D) registrada ante el Ayuntamiento o Delegación de Hacienda, al objeto de la comprobación formal y de fondo de la documentación presentada y eventual inspección del cumplimiento de la legalidad, de la actuación declarada. Opcional Telemática
En el caso de presentar declaración responsable de PRIMERA OCUPACIÓN se aportarán los siguientes documentos: Cuantos documentos o condicionantes se establecieran en la licencia de obra concedida. Opcional Telemática
En el caso de presentar declaración responsable de FUNCIONAMIENTO se aportarán los siguientes documentos: CERTIFICADO TÉCNICO (MODELO "DR-2") debidamente cumplimentado y suscrito por técnico competente, en el que se certifica que se ajusta al proyecto técnico presentado, y que a actividad y las instalaciones del establecimiento se ajustan a la normativa de aplicación y se encuentran legalizadas para su puesta en funcionamiento y el inicio de actividad. Lo podrá descargar en la pestaña "Ficheros Anexos" situado al inicio de la página. Opcional Telemática
En el caso de presentar declaración responsable de FUNCIONAMIENTO se aportarán los siguientes documentos: CERTIFICADO FINAL DEL TÉCNICO COMPETENTE (sobre el proyecto técnico de actividad), mediante firma electrónica, acreditativo de que las instalaciones del local, recinto y establecimiento se han realizado bajo su dirección, ajustándose a las condiciones y prescripciones del proyecto de actividad presentado y la previa licencia municipal de actividad, así como a las previstas en las Ordenanzas Municipales y demás normativa de aplicación. Opcional Telemática
En el caso de presentar declaración responsable de FUNCIONAMIENTO se aportarán los siguientes documentos: CERTIFICADO PARA PUESTA EN FUNCIONAMIENTO (ante E.I.C.I. o agente habilitado), o si procede revisión periódica, de las instalaciones de electricidad, contraincendios, Aire acondicionado, gas, etc. Opcional Ambas
En el caso de presentar declaración responsable de FUNCIONAMIENTO se aportarán los siguientes documentos: IDENTIFICACIÓN INDUSTRIAL: impreso de identificación industrial, según Anexo I de la Ley 10/1993, de la Comunidad de Madrid.
Lo podrá descargar en la pestaña "Ficheros Anexos" situado al inicio de la página.
Opcional Ambas
En el caso de presentar declaración responsable de FUNCIONAMIENTO se aportarán los siguientes documentos: CONTRATO DE MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS: por empresa debidamente autorizada y registrada por la Comunidad de Madrid, designada por el titular de la actividad. Opcional Ambas
En el caso de presentar declaración responsable de FUNCIONAMIENTO se aportarán los siguientes documentos: DOCUMENTO DE SOLICITUD DE VERTIDO: impreso de solicitud de vertido, según Anexo II de la Ley 10/1993, de la Comunidad de Madrid (para actividades incluidas en el Anexo 3). Lo podrá descargar en la pestaña "Ficheros Anexos" situado al inicio de la página. Opcional Ambas
En el caso de presentar declaración responsable de FUNCIONAMIENTO se aportarán los siguientes documentos: DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA: en función del tipo de actividad, otras autorizaciones concurrentes, cuando proceda (autorización sanitaria, evaluación ambiental, etc.). Opcional Ambas
En el caso de presentar declaración responsable de FUNCIONAMIENTO se aportarán los siguientes documentos: CERTIFICADO DE MEDICIÓN ACÚSTICA: según normas UNE, realizada por empresa homologada, firmada por técnico competente (en el caso de que proceda por afectar directamente al uso residencial). Los valores deberán ajustarse a la normativa de aplicación y a la justificación del proyecto técnico presentado. Opcional Ambas
En el caso de presentar declaración responsable de FUNCIONAMIENTO se aportarán los siguientes documentos: SEGURO DE RESPONSABULIDAD CIVIL DEL ESTABLECIMIENTO (SIN FRANQUICIA) que cubra los riesgos de incendio y de responsabilidad civil por daños a los concurrentes y a terceros derivados de las condiciones del local, de sus instalaciones y servicios, así como de la actividad desarrollada y del personal que preste sus servicios en el mismo; con el importe exigido en base al aforo del establecimiento.
Conforme a lo señalado en el artículo 6.3 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, el importe será el siguiente:
- Hasta 50 personas: 42.070,85 euros.
- Hasta 100 personas: 60.101,21 euros.
- Hasta 300 personas: 120.202,42 euros.
- Hasta 700 personas: 480.809,68 euros.
- Hasta 1.500 personas: 721.214,53 euros.
- Hasta 5.000 personas: 1.202.024,21 euros.
Opcional Ambas
En el caso de presentar declaración responsable de FUNCIONAMIENTO se aportarán los siguientes documentos: CONTRATO DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE LA CAMPANA EXTRACTORA: conductos y filtros con una periodicidad mínima de seis meses (en su caso). Opcional Ambas
En el caso de presentar declaración responsable de FUNCIONAMIENTO se aportarán los siguientes documentos: CONTRATO DE RECOGIDA DE ACEITES USADOS por gestor autorizado por la Comunidad de Madrid. Opcional Ambas
En el caso de presentar declaración responsable de FUNCIONAMIENTO se aportarán los siguientes documentos: FICHA TÉCNICA DE LOCALES Y OTROS ESTABLECIMIENTOS ABIERTOS AL PÚBLICO (según art. 5.4 c, del Decreto 184/1998, de 22 de Octubre, de la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid): lo podrá descargar en la pestaña "Ficheros Anexos" situado al inicio de la página. Opcional Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Tramitación presencial
Instancia de Solicitud
Tramitación telemática
Tramitar
Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
Plaza Mayor 1, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid)
Telf. 91 452 27 00

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