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Pozuelo de Alarcón



MODELO I.7 - Licencia Urbanística para Panteones, Sepulturas, Nichos y Columbarios



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónicaNivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Información
Importante Para realizar este trámite deberá identificarse utilizando uno de los siguientes medios:

· Certificado Electrónico
· DNI Electrónico
· Clave Permanente

Para completar su inscripción siga los siguientes pasos:

1. Pulse en el botón "Tramitar" situado en la parte superior de esta página.
2. Pulse el icono de cl@ve (gris y naranja) para acceder a su identificación.
3. Seleccione su método de identificación (Certificado Electrónico / DNI Electrónico / Cl@ve Permanente).
4. Cumplimente el formulario.
5. Pulse el botón "Adjuntar y firmar documentación".
6. En la pantalla "Solicitud", adjunte un documento si es necesario. Si no lo fuera, pulse "enviar documentación o continuar".
7. Seleccione el sistema de firma. Si va a utilizar su certificado instalado en su ordenador para realizar la firma seleccione la opción "Firma con certificado local". Es necesario tener instalada la aplicación de escritorio "Autofirma". Para más información Portal de Administración Electrónica
Si dispone de Cl@ve firma seleccione la opción "Firma con cl@ve firma" (opción izquierda).
8. Una vez seleccionado el sistema de firma pulse el botón Firmar.
9. En la pantalla "Confirmación de envío", pulse el botón gris "Registrar".
10. En la pantalla "Fin del proceso" puede obtener su justificante de solicitud.

AVISO: Asegúrese de que se ha realizado bien la tramitación de sus procedimientos. Compruebe que queda registrada su solicitud, con la obtención del justificante.

Descripción Se tramitan por procedimiento de Licencia Urbanística toda actuación relacionada con la instalación de Panteones, Sepulturas, Nichos y Columbarios.

Tramitación del Procedimiento de Licencia Urbanística Panteones, Sepulturas, Nichos y Columbarios – Modelo I.7:

Las licencias urbanísticas se otorgarán conforme a las siguientes reglas:

Las solicitudes de licencia se presentarán acompañadas del proyecto técnico redactado por profesional competente.

El otorgamiento de la licencia urbanística irá precedido de los correspondientes informes técnico y jurídico, relativos a la conformidad de la solicitud con la legalidad urbanística, además de aquellos informes y autorizaciones que, de conformidad con otras normas aplicables, sean legalmente preceptivos.

Las solicitudes de licencia urbanística deben ser resueltas y notificadas a los interesados dentro del plazo máximo de tres meses. Dicho plazo empieza a computar desde la fecha en que la solicitud tenga entrada en el registro municipal y se interrumpe en los casos previstos en la legislación ambiental y de procedimiento administrativo común.

En especial, cuando para el otorgamiento de la licencia sea necesario solicitar informe preceptivo de otra Administración, la suspensión no podrá exceder de tres meses y si transcurridos éstos no se hubiera evacuado el informe, proseguirá el procedimiento.
El Ayuntamiento sólo podrá formular un único requerimiento de subsanación de deficiencias, y en su caso, mejora, que deberá notificarse al interesado dentro del mes siguiente a la presentación.

La resolución que ponga fin al procedimiento de solicitud de licencia urbanística habrá de ser motivada.

En los supuestos de sujeción a licencia urbanística regulados en la Ley, transcurrido el plazo de resolución sin haberse notificado ésta, el interesado podrá entender desestimada su petición por silencio administrativo, en los términos establecidos en la legislación básica estatal.

La obtención de la licencia legitima al interesado para la realización de la actuación urbanística desde la fecha en que se dicte el correspondiente acto administrativo, sin perjuicio de la notificación y de los efectos que se derivan de la misma con arreglo a la legislación del procedimiento administrativo común.
Destinatario Empresas, Particulares y Administraciones Públicas.
Requisitos de iniciación Cualquier persona física o jurídica en el ámbito del municipio de Pozuelo de Alarcón.
Plazo de presentación El procedimiento de licencia urbanística se iniciará mediante la presentación del modelo normalizado acompañado de la documentación indicada en el mismo.

Las solicitudes contendrán los datos exigidos por la Ley de Procedimiento Administrativo Común vigente para la iniciación de los procedimientos administrativos en cuanto a identificación del interesado, solicitud, lugar, fecha y firma y órgano a quien se dirige.
Lugar de presentación (Canales de acceso) En el Registro Electrónico del Ayuntamiento, así como en los restantes Registros Electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Importante: para las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria o quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, el cauce habilitado será únicamente el electrónico, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Presencialmente (SÓLO PARA PERSONAS FISICAS) en cualquiera de los Registros sitos en las Oficinas de Atención al Ciudadano (OACs). La presentación en las OACs podría estar sujeta a la petición de cita previa en el teléfono 91 452 27 01.
En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Procedimiento Tramitación online:
Deberá situarse arriba, al INICIO DE ESTA PAGINA e ir pulsando las distintas pestañas que ahí encontrará, en el orden siguiente:
1º En la pestaña de "Ficheros anexos”:

- Descargar y rellenar: Impreso de solicitud normalizada Modelo I.1

- Descargar y rellenar Anexos (en los casos que sean necesario).

2º Pulsar el botón "Tramitar Ahora":

- Una vez dentro, deberá pulsar el botón "Tramitar", para acceder al formulario online.

- Rellenar el formulario online y adjuntar toda la documentación necesaria que aparece en la pestaña de "Documentación”.
Forma de iniciación Por el interesado.
Plazo Máximo de Resolución y Notificación La resolución del órgano competente deberá producirse en el plazo máximo establecido en la legislación urbanística de aplicación y en la de procedimiento administrativo común vigente.
Órgano que Resuelve Resolución del Director General de Urbanismo, Vivienda y Nuevos Proyectos del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
Efectos del silencio Administrativo En los supuestos de sujeción a licencia urbanística regulados en la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, transcurrido el plazo de resolución sin haberse notificado esta, el interesado podrá entender desestimada su petición por silencio administrativo, en los términos establecidos en la legislación básica estatal.
Fin a la vía administrativa Pone fin a la vía administrativa, significándole que frente a la resolución correspondiente, puede interponer RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el Director General de Urbanismo, Vivienda y Nuevos Proyectos del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, o cualquier otro que estime procedente, indicándole que la interposición del recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.
Normativa de aplicación • Ordenanza de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas de Pozuelo de Alarcón, aprobada en ejecución del acuerdo plenario de 20 de junio de 2024 (publicada en B.O.C.M. el 5 de julio de 2024).

• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

• Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.

• Plan General de ordenación Urbana (PGOU) de Pozuelo de Alarcón (2002).

• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

• Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

• Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

• Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.

• Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

• Aquella otra aplicable al supuesto.
Unidad gestora Departamento de Licencias de Obras.
Departamento Departamento de Licencias.
Centro Directivo Dirección General de Urbanismo, Vivienda y Nuevos Proyectos correspondiente al Área de Gobierno de Medio Ambiente, Vivienda y Embellecimiento y Desarrollo de la Ciudad del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
Sujeto a tasa o precio público Sujeto a tasa, según las Ordenanzas Fiscales a aplicar.
Más información Atención al público a través de:

• Email: licencias@pozuelo.madrid

• Tfno.: 91 452 27 13, o bien presencialmente, en la Plaza Mayor nº 1, Planta 1ª - 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid).
Tipo de tramitación Procedimiento administrativo.

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Impreso de solicitud normalizada: "LICENCIA URBANISTICA MODELO I.7”: Lo podrá descargar en la pestaña situada al INICIO DE ESTA PAGINA, donde pone "Ficheros Anexos", adjuntándolo al resto de la documentación, una vez cumplimentado y firmado digitalmente por el "Titular de la Licencia", en su caso. Obligatorio Ambas
DNI o NIE: del Titular y, en su caso, de la persona que lo represente. Obligatorio Ambas
Representación: en caso de representación: deberá acreditarse la representación mediante documentación necesaria. Obligatorio Ambas
CIF - En caso de persona jurídica: CIF, documento acreditativo de su representación o Apoderamiento y Escritura de Constitución de la Sociedad Obligatorio Ambas
Carta de pago: de la Tasa Municipal Obligatorio Ambas
Justificante de pago: justificante de haber realizado el pago de la tasa correspondiente. Obligatorio Ambas
Proyecto técnico: de obras redactado por técnico competente que deberá contener la documentación exigida en el Código Técnico de la Edificación. El soporte digital se deberá presentar en formato PDF y en formato DWG o DXF, de modo que contengan las polilíneas. Obligatorio Ambas
Acreditación de la habilitación legal: del redactor del Proyecto salvo que el Proyecto esté visado por el Colegio correspondiente. Obligatorio Ambas
Declaración del técnico: o los técnicos autores sobre su conformidad a la ordenación urbanística aplicable. Opcional Ambas
Declaración de haberse colocado: en el lugar en el que se pretendan llevar a cabo las obras cartel anunciando la solicitud de licencia y las características de las obras para las que ésta se pretende. Opcional Ambas
Estudio de Gestión de residuos: firmado por técnico competente. Opcional Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Tramitación presencial
Instancia de Solicitud
Tramitación telemática
Tramitar
Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
Plaza Mayor 1, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid)
Telf. 91 452 27 00

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