Descripción
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Prestación por la Policía Municipal de los servicios de vigilancia o regulación de tráfico distintos a los servicios habituales, en áreas determinadas y durante el período de tiempo que sea necesario
Puede ser a petición de un particular o bien cuando la Corporación Municipal considere que deba efectuarse por motivos de seguridad.
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Procedimiento
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Sujetos pasivos
Aquellas personas que soliciten, provoquen o en cuyo interés redunde la prestación de servicios de ordenación de tráfico distinto al habitual como consecuencia de actos o eventos.
Excepciones: Cuando la regulación del tráfico sea ocasionada por personas físicas o jurídicas en el ejercicio de sus Derechos de Reunión, Manifestación y/o Actos Electorales legalmente autorizados, no estarán sujetos a tasa.
Plazo de solicitud
Se debe presentar con una anticipación mínima de cinco días una solicitud expresando el servicio solicitado y las características del mismo.
Cuando el Ayuntamiento considere necesario por motivos de seguridad la realización de estas actividades singulares lo autorizará mediante Decreto de la Alcaldía Presidencia que le será comunicada al sujeto pasivo con una anticipación mínima de cinco días, salvo en el caso de que la necesidad esté motivada por una actividad urgente que haga imposible el cumplimiento de dicho plazo.
Gestión
La autorización para este tipo de servicios debe ser concedida mediante Decreto de la Alcaldía-Presidencia.
Una vez concedida la autorización el concesionario efectuará el depósito previo en la cuantía suficiente para cubrir el importe de la liquidación de la tasa con los elementos que figuren en dicha concesión. Este depósito tendrá carácter de liquidación provisional.
El departamento de Policía Municipal cursará a la oficina gestora de la tasa dentro de los diez días siguientes a la prestación del servicio un parte del servicio en el que se hagan constar el nombre del peticionario, fecha de la prestación, número de efectivos y tiempo empleados. Dichos datos servirán de base para practicar la correspondiente liquidación definitiva, de la que se deducirá el importe de la liquidación provisional.
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Sujeto a tasa o precio público
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Por cada Policía adscrito al servicio: 44,53 euros/hora o fracción.
El servicio será prestado por una dotación mínima de dos policías durante dos horas.
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Lugar de presentación (Canales de acceso)
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1. Autoliquidación de tributos: Presencial:
Órgano de Gestión Tributaria Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón. Oficina de Atención Integral al Contribuyente, Plaza Mayor, 1, planta baja. Horario: de 9:00 a 14:00 h. (de lunes a viernes) Teléfonos: 91 452 27 04
Nuestros servicios le ofrecerán la opción, siempre que fuera posible, de realizar el trámite sin necesidad de la asistencia presencial. Póngase en contacto con nosotros a través de los teléfonos 914522704, 914522705, 914522719 o 914522700 ext.2469 (de 9h a 14h de lunes a viernes) y del correo electrónico att.contribuyente@pozuelo.madrid (Política de privacidad). (Debe indicar su nombre y apellidos, DNI, teléfono y asunto de referencia).
2. Presentación de solicitudes o escritos: Online: Registro Electrónico/sede electrónica del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (Disponible en el botón "tramitar" situado al final de esta página.) Identificándose con los siguientes medios: Certificado Electrónico DNI electrónico Clave Permanente
Presencial: Órgano de Gestión Tributaria Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón. Oficina de Atención Integral al Contribuyente, Plaza Mayor, 1, planta baja. Horario: de 9:00 a 14:00 h. (de lunes a viernes) Teléfonos: 91 452 27 04
Nuestros servicios le ofrecerán la opción, siempre que fuera posible, de realizar el trámite sin necesidad de la asistencia presencial. Póngase en contacto con nosotros a través de los teléfonos 914522704, 914522705, 914522719 o 914522700 ext.2469 (de 9h a 14h de lunes a viernes) y del correo electrónico att.contribuyente@pozuelo.madrid (Política de privacidad). (Debe indicar su nombre y apellidos, DNI, teléfono y asunto de referencia).
Oficinas de Atención al Ciudadano (mediante Cita previa)
Otros medios de presentación: Cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. d) En las oficinas de asistencia en materia de registros. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
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Más información
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Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón Plaza Mayor, nº 1. 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid)
Oficina de Ingresos Municipales (TASAS e ICIO) Correo electrónico: tasas@pozuelo.madrid (Política de privacidad). Órgano de Gestión Tributaria Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón. Tfno.: 91 452 27 04 Horario: de 9:00 a 14:00 h.( de lunes a viernes)
Teléfono de Atención al Ciudadano: 010 (91 217 14 92 desde fuera de Pozuelo)
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Normativa
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Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por prestación de servicios de regulación y control de tráfico urbano tendentes a facilitar la circulación de vehículos, distintas de las habituales de señalización y ordenación del tráfico por la Policía Municipal
Acceso a las Ordenanzas fiscales y de precios públicos.
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