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Pozuelo de Alarcón



Solicitud Autorización de Terrazas en Suelo Público



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónicaNivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Información
Importante Para realizar este trámite deberá identificarse utilizando uno de los siguientes medios:

· Certificado Electrónico
· DNI Electrónico
· Clave Permanente

Para completar su inscripción siga los siguientes pasos:

1. Pulse en el botón "Tramitar" situado en la parte inferior de esta página.
2. Pulse el icono de cl@ve (gris y naranja) para acceder a su identificación.
3. Seleccione su método de identificación (Certificado Electrónico / DNI Electrónico / Cl@ve Permanente).
4. Cumplimente el formulario.
5. Pulse el botón "Adjuntar y firmar documentación".
6. En la pantalla "Solicitud", adjunte un documento si es necesario. Si no lo fuera, pulse "enviar documentación o continuar".
7. Seleccione el sistema de firma. Si va a utilizar su certificado instalado en su ordenador para realizar la firma seleccione la opción "Firma con certificado local". Es necesario tener instalada la aplicación de escritorio "Autofirma". Para más información Portal de Administración Electrónica
Si dispone de Cl@ve firma seleccione la opción "Firma con cl@ve firma" (opción izquierda).
8. Una vez seleccionado el sistema de firma pulse el botón Firmar.
9. En la pantalla "Confirmación de envío", pulse el botón gris "Registrar".
10. En la pantalla "Fin del proceso" puede obtener su justificante de solicitud.

AVISO: Asegúrese de que se ha realizado bien la tramitación de sus procedimientos. Compruebe que queda registrada su solicitud, con la obtención del justificante.

Descripción Tiene por objeto la Autorización de terrazas de veladores en suelo Público mediante la presentación de Solicitud de Autorización conforme a los arts. del 54 al 68 de la Ordenanza de Tramitación de Licencias y Otros Instrumentos de Intervención en Materia de Urbanismo y Autorizaciones para la Instalación de Terrazas de Veladores en Pozuelo de Alarcón de aplicación a las terrazas de veladores anejas a los establecimientos que realizan actividad principal de bar, cafetería, café-bar y asimilables, restaurantes, bar-restaurante, bares y restaurantes de hoteles, heladerías, chocolaterías, cruasanterías, salones de té, y establecimientos de hostelería en General.

A los efectos del apartado anterior, se entiende por terraza de velador al lugar anejo donde se realizan las anteriores actividades al aire libre, fuera del local cerrado.
Destinatario Empresas, Particulares y Administraciones Públicas.

Solo podrán instalar terrazas de veladores aquellos establecimientos que cuenten con la preceptiva licencia municipal de funcionamiento.

Requisitos de iniciación Cualquier persona física o jurídica cuya actividad se realice en el ámbito del municipio de Pozuelo de Alarcón.

Plazo de presentación Nueva Solicitud: a lo largo del año en cualquier momento anterior al inicio de la actividad.

Renovación: del 1 de noviembre al 31 de diciembre.

Lugar de presentación (Canales de acceso) - En el Registro Electrónico del Ayuntamiento, así como en los restantes Registros Electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Se podrá hacer Presencialmente (SOLO PARA LAS PERSONAS FÍSICAS) en cualquiera de los Registros sitos en las Oficinas de Atención al Ciudadano (OACs)

Telemáticamente, obligatorio para las personas Jurídicas, opcional para las personas físicas.

Importante: En caso de que la presentación de la instancia se lleve a cabo por una persona jurídica, entidad sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria o quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, el cauce habilitado será únicamente el electrónico, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Procedimiento Tramitación presencial:

- Descargar y rellenar: Instancia de solicitud (disponible en el apartado de "tramitación presencial")
- Entregar los documentos en las Oficinas de Atención al Ciudadano, en las oficinas de Correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero o en cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Tramitación online:

- Descargar y rellenar: Instancia de solicitud (disponible en el apartado de "tramitación presencial")
- Pulsar el botón "tramitar" donde accederá a la "Solicitud de carácter general". Una vez dentro, deberá pulsar el botón "tramitar", situado al final de la página, para acceder al formulario online.
- Rellenar el formulario online y adjuntar toda la documentación necesaria en la pantalla de "solicitud".

Forma de iniciación Por el interesado.

Plazo Máximo de Resolución y Notificación La resolución del órgano competente deberá producirse en el plazo máximo establecido en la legislación urbanística de aplicación y en la de procedimiento administrativo común vigente.

Órgano que Resuelve Gerencia Municipal de Urbanismo.

Efectos del silencio Administrativo Transcurrido el plazo establecido en la legislación urbanística de aplicación y en la de procedimiento administrativo común vigente, sin que se haya notificado la resolución de la licencia urbanística a los interesados, será de aplicación las disposiciones que respecto del silencio administrativo establecen la legislación urbanística de aplicación y la de procedimiento administrativo común vigente.

En ningún caso pueden entenderse otorgadas por silencio administrativo las licencias urbanísticas que tengan por objeto actos de uso del suelo que sean contrarios a la legalidad urbanística.

Fin a la vía administrativa Pone fin a la vía administrativa, significándole que frente a la resolución correspondiente, según lo dispuesto en el art. 30 de los Estatutos de la Gerencia, puede interponer RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el GERENTE MUNICIPAL DE URBANISMO en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, o cualquier otro que estime procedente, indicándole que la interposición del recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.

Normativa de aplicación - Código de Urbanismo de la Comunidad de Madrid (última versión actualizada a fecha de 16/11/2018) conformado por Ley 9/1995, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo, Ley 7/2000, de 19 de junio, de Rehabilitación de Espacios Urbanos Degradados y de Inmuebles que deban ser objeto de Preservación, Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, Ley 8/2009, de 21 de diciembre, de Medidas Liberalizadoras y de Apoyo a la Empresa Madrileña, Decreto 69/1983, de 30 de junio, sobre distribución de competencias en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo entre los órganos de la Comunidad Autónoma de Madrid, Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, Decreto 92/2008, de 10 de julio, por el que se regulan las modificaciones puntuales no sustanciales de planeamiento urbanístico,).

- Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas publicado en BOCM núm. 159 de 07 de Julio de 1997 y BOE núm. 98 de 24 de Abril de 1998

- Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid publicado en BOCM núm. 142 de 15 de Junio de 2012 y BOE núm. 247 de 13 de Octubre de 2012.

- Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios publicado en BOE núm. 311 de 27 de Diciembre de 2012.

- Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios publicado en: «BOE» núm. 126, de 26 de mayo de 2012.

- Ordenanza de Tramitación de Licencias y Otros Instrumentos de Intervención en Materia de Urbanismo y Autorizaciones para la Instalación de Terrazas de Veladores en Pozuelo de Alarcón aprobada en ejecución del acuerdo plenario de 24 de enero de 2019 (publicada en B.O.C.M. el 11 de febrero de 2019)

- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

- Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

- Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

- Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

- Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa.

- Aquella otra aplicable al supuesto.

Unidad gestora Departamento de Licencias de Actividad.

Departamento Departamento de Licencias de Actividad.

Centro Directivo Gerencia Municipal de Urbanismo.

Información adicional Son de aplicación las condiciones de uso de las instalaciones y las condiciones de la instalación de terrazas en suelo privado reflejadas en la Ordenanza de Tramitación de Licencias y Otros Instrumentos de Intervención en Materia de Urbanismo y Autorizaciones para la Instalación de Terrazas de Veladores en Pozuelo de Alarcón.

Sujeto a tasa o precio público Sujeto a tasa, según las Ordenanzas Fiscales a aplicar.

Más información Atención al público a través de:

• Email: licenciasdeactividades@pozuelo.madrid (Política de privacidad).

• Tfno.: 91 452 27 00 Ext.: 5001 o bien, presencialmente en la Plaza Mayor nº 1, Planta 1 - 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid).

Citas con los Técnicos:

• Lunes y Miércoles de 9 a 11 h.

• Cita previa a través de licenciasdeactividades@pozuelo.madrid (Política de privacidad).

Tipo de tramitación Externo común.

Tipología de la tramitación Procedimiento administrativo.


Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Impreso de solicitud normalizada: Documentación General. Deberán descargarlo en el apartado "Ficheros Anexos" situado al final de la página de información de este Procedimiento, adjuntándolo al resto de la documentación una vez cumplimentado y firmado digitalmente por el "Titular de la Licencia". Obligatorio Ambas
Instancia normalizada: Este documento se puede encontrar en la pestaña de Anexos de este procedimiento. Obligatorio Telemática
DNI o NIE: del solicitante y, en su caso, de la persona que lo represente.
Obligatorio Ambas
Representación: En caso de representación: deberá acreditarse la representación mediante documentación necesaria.
Opcional Ambas
CIF: En caso de persona jurídica: CIF, documento acreditativo de su representación o apoderamiento y escritura de constitución de la sociedad.
Opcional Ambas
Justificante del pago: Justificante pago de la tasa municipal establecida al efecto.
Obligatorio Ambas
Seguro de responsabilidad civil del establecimiento (sin franquicia): que cubra los riesgos de incendio y de responsabilidad civil por daños a los concurrentes y a terceros derivados de las condiciones del local, de sus instalaciones y servicios, así como de la actividad desarrollada y del personal que preste sus servicios en el mismo; con el importe exigido en base al aforo del establecimiento.

Conforme a lo señalado en el artículo 6.3 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, el importe será el siguiente:
- Hasta 50 personas: 42.070,85 euros.
- Hasta 100 personas: 60.101,21 euros.
- Hasta 300 personas: 120.202,42 euros.
- Hasta 700 personas: 480.809,68 euros.
- Hasta 1.500 personas: 721.214,53 euros.
- Hasta 5.000 personas: 1.202.024,21 euros.
Obligatorio Ambas
Autorización de ocupación de fachada: En caso de ocupar parte de la fachada del local colindante o enfrentado, documento que acredite la autorización por parte del mismo para la ocupación de dicho espacio.
Opcional Ambas
Plano de distribución: copia firmada electrónicamente en formato digital PDF y editable DXF y SUSCRITO POR TÉCNICO COMPETENTE (que acredite estar habilitado mediante visado o certificado de Colegio Profesional): Plano de distribución según normas UNE, a escala adecuada (1:50 o 1:1000), indicando las cotas del espacio que ocupa la terraza que se pretende instalar, superficie útil e indicación de los elementos de mobiliarios y elementos auxiliares a instalar, con indicación de sus dimensiones.
Obligatorio Ambas
Plano de parcelario: copia firmada electrónicamente en formato digital PDF y editable DXF y SUSCRITO POR TÉCNICO COMPETENTE (que acredite estar habilitado mediante visado o certificado de Colegio Profesional): Plano parcelario de emplazamiento según normas UNE, a escala adecuada (1:50 o 1:1000), con indicación de la ubicación de la terraza respecto al local propio de la actividad, los locales colindantes o enfrentados y el emplazamiento de los servicios públicos existentes.
Obligatorio Ambas
Plano de planta: copia firmada electrónicamente en formato digital PDF y editable DXF y SUSCRITO POR TÉCNICO COMPETENTE (que acredite estar habilitado mediante visado o certificado de Colegio Profesional): Plano de planta según normas UNE, a escala adecuada (1:50 o 1:1000), indicando la ubicación de la zona destinada a la retirada del mobiliario.
Obligatorio Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Tramitación telemática
Tramitar
Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
Plaza Mayor 1, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid)
Telf. 91 452 27 00

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