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Pozuelo de Alarcón



Licencia de apertura y funcionamiento de actividades e instalaciones: autoliquidación de tasa



Nivel de Modernización 1. Información

Nivel de Modernización 1. Información

Información
Descripción Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación del servicio técnico y administrativo necesario derivado del control municipal de la apertura de establecimientos y funcionamiento de actividades, siguiendo los procedimientos previstos en la ordenanza municipal de tramitación de licencias y control urbanístico, ya sea mediante solicitud de licencia o mediante la presentación cuando corresponda, de comunicación previa o declaración responsable, que pueda habilitar al ejercicio de una actividad, así como para sus modificaciones ya sean de la actividad o de la persona responsable.

Cuota tributaria Las cuotas tributarias que se relacionan en este artículo serán aplicables tanto a las actividades e instalaciones que, conforme a la normativa aplicable, estén sometidas a licencia o autorización administrativa, como a aquellas otras sujetas al régimen de declaración responsable o al régimen de comunicación previa.

La cuota tributaria se obtendrá de acuerdo con el siguiente cuadro de tarifas:

- Licencias de apertura de actividades e instalaciones que se tramiten por el Procedimiento Ordinario regulado en la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias y Control Urbanístico (sometidas a procedimiento ambiental): Se satisfará la cantidad que resulte de la suma de las tarifas establecidas en función de la superficie afectada por la actividad y la potencia autorizada en kilovatios:

A. Superficie afectada por la actividad:
· Los primeros 100 m2: 10,45 ¤/m²
· Los que excedan de 100 m2 hasta 200 m2: 9,40 ¤/m²
· Los que excedan de 200 m2 hasta 400 m2: 7,30 ¤/m²
· Los que excedan de 400 hasta 10.000m2: 5,25 ¤/m²
· Más de 10.000 m2: 3,40 ¤/m²

B. Potencia nominal:
· Los primeros 10 Kw: 19 ¤/kv
· Los que excedan de 10 Kw. hasta 20 Kw.: 26 ¤/kw
· Los que excedan de 20 Kw. Hasta 50 Kw.: 38 ¤/kw
· Los que excedan de 50 Kw hasta 100 Kw: 61 ¤/kw
· Los que excedan de 100 Kw. hasta 2.500 Kw: 2 ¤/kw.
· Más de 2.500 Kw.: 1 ¤/kw.

Licencias de apertura de actividades e instalaciones no sometidas a procedimiento ambiental:

· Licencias de apertura de actividades e instalaciones que se tramiten por el Procedimiento directo (con proyecto técnico): Se satisfarán la cantidad que resulte de la suma de las tarifas establecidas en los anteriores apartados a) y b) corregida por la aplicación de un coeficiente de 0,65.
· Licencias de apertura de actividades e instalaciones que se tramiten por el Procedimiento directo (sin proyecto técnico): Por cada expediente tramitado se satisfará una tarifa de 315 ¤.
· Licencias de instalaciones generales de edificios: Se satisfarán la cantidad que resulte de la suma de las tarifas establecidas en los anteriores apartados a) y b)
· Licencias de apertura e instalación de garajes: Se satisfarán la cantidad que resulte de la suma de las tarifas establecidas en los anteriores apartados a) y b). A la deuda tributaria resultante se le aplicará una reducción del 20 por 100.
· Licencias de instalación de antenas de telefonía, de radiodifusión y televisión, y cualquier equipo de telecomunicación: 840 ¤. (No incluidas sobre edificios de usos residencial)
· Licencias para piscina:
- Piscinas de viviendas unifamiliares y de uso colectivo de Comunidades de Vecinos, de hasta un máximo de treinta viviendas: 210 ¤.
- Piscinas de uso colectivo de Comunidades de Vecinos, a partir de 30 viviendas: 850 ¤.
· Licencias temporales por ejercicio de actividades ocasionales y otras no incluidas en otros apartados: 100 ¤.
· Elementos transformadores de energía eléctrica. Se satisfarán la cantidad que resulte de la suma de las tarifas establecidas en los anteriores apartados a) y b).

Bonificaciones Se aplicará el coeficiente reductor del 0,60 sobre la cuota tributaria que corresponda abonar cuando el sujeto pasivo se encuentre en situación de desempleo y figure como demandante de empleo con una antigüedad superior a un año y siempre que acredite haber causado alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Dichas circunstancias deberán acreditarse documentalmente en el momento de presentar la solicitud, adjuntándose a la autoliquidación realizada. La situación de desempleo se acreditará mediante informe actualizado de la vida laboral.

Para acreditar la antigüedad como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal, deberá aportar certificado de períodos de inscripción como demandante de empleo expedido por el Servicio Regional de empleo de la Comunidad Autónoma correspondiente. Se entenderá que no ha existido interrupción en la inscripción cuando el solicitante hubiera tenido sólo un trabajo con duración inferior a 30 días.

Para acreditar el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos tramitada en la Tesorería General de la Seguridad Social deberá aportar copia compulsada del Modelo TA 0521 de solicitud de alta en dicho Régimen, en la versión correspondiente en función del tipo de trabajador por cuenta propia de que se trate.
A los efectos de este Régimen Especial, se entenderá como trabajador por cuenta propia o autónomo, aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas, sea o no titular de empresa individual o familiar.
Se presumirá, salvo prueba en contrario, que en el interesado concurre la condición de trabajador por cuenta propia o autónomo si el mismo ostenta la titularidad de un establecimiento abierto al público como propietario, arrendatario, usufructuario u otro concepto análogo.

Se aplicará el coeficiente reductor del 0,50 sobre la cuota tributaria que corresponda abonar cuando el sujeto pasivo se encuentre en el colectivo de emprendedores, y sea persona física o PYME, previo informe favorable de la Concejalía competente en materia de Empleo y Desarrollo Empresarial.

Esta bonificación se elevará al coeficiente de 0,99 cuando el sujeto pasivo, además, sea parado de larga duración (más de un año en situación de desempleo continuado) y no perciba ingresos superiores al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, o aquel que le sustituya. Dichas circunstancias deberán acreditarse documentalmente en el momento de presentar la solicitud, adjuntándose a la autoliquidación realizada. La situación de desempleo se acreditará mediante informe actualizado de la vida laboral. El nivel de ingresos se justificará mediante fotocopia compulsada de la declaración certificada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio liquidado por este impuesto.

Se aplicará un coeficiente reductor del 0,99 cuando el sujeto pasivo pertenezca a colectivos especialmente desprotegidos en materia de empleo (incluidos en el Programa Nacional de Reformas del Reino de España, entre los que se encuentran mujeres víctimas de violencia de género, personas con discapacidad, personas de etnia gitana, desempleados en situación o riesgo de exclusión social: drogodependientes, exreclusos, inmigrantes, jóvenes procedentes de centros de menores, desempleados que hayan agotado las prestaciones por desempleo; así como mujeres en programas de reinserción de trata de seres humanos). Para ello, será necesario acreditar la condición de desprotegido aportando la certificación del organismo correspondiente de la Comunidad de Madrid o del Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

En caso de no tener la obligación de presentar la declaración del IRPF, deberá aportar certificado de imputación de rentas correspondiente al último ejercicio liquidado por este impuesto. Dicho nivel de ingresos se considerará sólo respecto del sujeto pasivo del tributo, no de la unidad familiar.


Gestión La tasa se exigirá en régimen de AUTOLIQUIDACIÓN, estando obligados los sujetos pasivos a practicarla en el momento de presentar la correspondiente solicitud de licencia, o cuando proceda la comunicación previa o declaración responsable al inicio de la actividad, de acuerdo a la ordenanza municipal de tramitación de licencias; y tendrá carácter provisional, a cuenta de la obligación que resulte de la comprobación administrativa. A la autoliquidación se adjuntará inexcusablemente una copia de la memoria del proyecto o, en su caso, del documento que acredite la superficie del local y potencia de la instalación. Además, deberá igualmente acompañarse copia del alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en la que conste como domicilio de la actividad la del local para el cual se solicita la licencia de referencia.

Cuando el interesado desista de la solicitud de licencia formulada antes de que se adopte la oportuna resolución o se realice la actividad municipal requerida, se satisfará el 25 por 100 de la cuota que resulte por aplicación de la tarifa correspondiente.

No se tramitará por los servicios municipales competentes la solicitud de licencia que no vaya acompañada del justificante del pago de la tasa.

Lugar de presentación (Canales de acceso) 1. Autoliquidación de tributos:
Presencial:

Órgano de Gestión Tributaria Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón. Oficina de Atención Integral al Contribuyente, Plaza Mayor, 1, planta baja.
Horario: de 9:00 a 14:00 h. (de lunes a viernes)
Teléfonos: 91 452 27 04


Nuestros servicios le ofrecerán la opción, siempre que fuera posible, de realizar el trámite sin necesidad de la asistencia presencial. Póngase en contacto con nosotros a través de los teléfonos 914522704, 914522705, 914522719 o 914522700 ext.2469 (de 9h a 14h de lunes a viernes) y del correo electrónico att.contribuyente@pozuelo.madrid (Política de privacidad). (Debe indicar su nombre y apellidos, DNI, teléfono y asunto de referencia).

2. Presentación de solicitudes o escritos:
Online:

Registro Electrónico/sede electrónica del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (Disponible en el botón "tramitar ahora" situado al principio de esta página). Identificándose con los siguientes medios:
Certificado Electrónico
DNI electrónico
Clave Permanente

Presencial:
Órgano de Gestión Tributaria Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón. Oficina de Atención Integral al Contribuyente, Plaza Mayor, 1, planta baja.
Horario: de 9:00 a 14:00 h. (de lunes a viernes)
Teléfonos: 91 452 27 04


Nuestros servicios le ofrecerán la opción, siempre que fuera posible, de realizar el trámite sin necesidad de la asistencia presencial. Póngase en contacto con nosotros a través de los teléfonos 91 452 27 04, 91 452 27 05, 91 452 27 19 o 91 452 27 00 ext.2469 (de 9h a 14h de lunes a viernes) y del correo electrónico att.contribuyente@pozuelo.madrid (Política de privacidad). (Debe indicar su nombre y apellidos, DNI, teléfono y asunto de referencia).

Oficinas de Atención al Ciudadano

Otros medios de presentación:
Cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Más información Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón
Plaza Mayor, nº 1.
28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid)

Oficina de Ingresos Municipales (TASAS e ICIO)
Correo electrónico: tasas@pozuelo.madrid (Política de privacidad).

Órgano de Gestión Tributaria Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
Tfno.: 91 452 27 04
Horario: de 9:00 a 14:00 h.( de lunes a viernes)

Teléfono de Atención al Ciudadano: 010 (91 217 14 92 desde fuera de Pozuelo)

Normativa Ordenanza fiscal actuación municipal de control de aperturas de establecimientos

Ordenanza fiscal actuación municipal de control de aperturas de establecimientos.


Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Formulario online: cumplimente y envíe el formulario online a través del botón "Tramitar" situado en la parte inferior de esta página. Obligatorio Telemática
Anexo I: Solicitud de participación en la I Edición de los Premios Pozuelo Emprende: necesaria su presentación en las tramitaciones no electrónicas. Opcional Presencial
Anexo II : solicitud de participación de cada integrante de la candidatura. Opcional Ambas
Anexo III: prototipo de iniciativa. Opcional Ambas
Volante actualizado de empadronamiento: solo en el caso de que no hubiera consignado la casilla correspondiente en el Anexo de participación. Opcional Ambas
DNI/ NIE/ de todas las personas integrantes: solo en el caso de que no se hubiera consignado la casilla correspondiente en el Anexo de participación de cada uno de ellos. Opcional Ambas
CIF de la entidad solicitante : solo en el caso de que no autorice su consulta. Opcional Ambas
Certificado de estar corriente de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria de la entidad/empresario solicitante: solo en el caso de que no hubiera consignado la casilla correspondiente en el Anexo de participación. Opcional Ambas
Certificado de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social de la entidad/empresario solicitante: solo en el caso de que no hubiera consignado la casilla correspondiente en el Anexo de participación. Opcional Ambas
Certificado de no tener deudas tributarias con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón de la entidad/empresario solicitante: solo en el caso de que no hubiera consignado la casilla correspondiente en el Anexo de participación. Opcional Ambas
Currículum Vitae: de todas las personas integrantes. Obligatorio Ambas
Logo y/o imagen de la empresa en formato digital: (archivo compatible con operativo Windows preferiblemente jpg, no superando la capacidad de 7 MB) bien en dispositivo de almacenamiento cd, dvd, usb, enviando por correo electrónico a viveroInnpar@pozuelo.madrid (Política de privacidad) o mediante Wetransfer o Dropbox (en todo caso se podrá requerir cualquiera de los formatos descritos si el archivo presenta complicaciones de descarga y uso). Opcional Ambas
En el caso de Empresas copia de la escritura de la empresa: y de las modificaciones que se hayan producido. Opcional Ambas
En el caso de Empresas certificado actualizado de situación: en el censo de actividades económicas de la AEAT certificado actualizado. Opcional Ambas
En el caso de autónomos copia del Alta de Autónomo (RETA): o Mutualidad alternativa junto con el último recibo de pago. Opcional Ambas
En el caso de autónomos certificado actualizado de situación : en el censo de actividades económicas de la AEAT. Opcional Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
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Plaza Mayor 1, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid)
Telf. 91 452 27 00

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