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Pozuelo de Alarcón



Solicitud de fraccionamiento o aplazamiento de las deudas tributarias



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Nivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Información
Descripción El pago de las deudas tributarias y demás de derecho público podrá aplazarse o fraccionarse en los términos previstos en la normativa tributaria y de recaudación y en la presente ordenanza.

La competencia para concesión y denegación de aplazamientos y fraccionamientos de ingreso de deudas tanto tributarias como de otra naturaleza, que sean gestionados y recaudados por el Órgano de Gestión Tributaria, corresponderá al mismo. En el resto de supuestos corresponderá al órgano que proceda según el régimen de organización y de reparto de competencias municipales.

Procedimiento Criterios generales de concesión de aplazamiento/fraccionamiento

a) El ingreso de las deudas de importe hasta 1.500 euros puede ser fraccionado hasta en doce meses.
b) El ingreso de las deudas de importe entre 1.501 euros y 1.800 euros puede ser fraccionado hasta en quince meses.
c) El ingreso de las deudas de importe entre 1.801 euros y 2.100 euros puede ser fraccionada hasta en dieciocho meses.
d) El ingreso de las deudas de importe entre 2.101 euros y 18.000 euros puede ser fraccionada hasta en veinticuatro meses. Si en este tramo se solicitara un plazo mayor se requerirá la presentación de garantía suficiente de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación.
e) El ingreso de las deudas de importes superiores a 18.000 euros puede ser fraccionado hasta en cuatro años, siempre que se presente garantía suficiente de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación.
f) En cualquier caso, la fracción no podrá ser inferior a 30 euros.
Los criterios generales de concesión de aplazamiento serán los establecidos en el número anterior, pero exigiendo en todo caso la presentación de garantía en forma de aval bancario o seguro de caución.
Tratándose del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana que se devengue como consecuencia de transmisiones onerosas o transmisiones a título gratuito inter vivos, se requerirá siempre la presentación de garantía en forma de aval bancario o seguro de caución
No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, excepcionalmente podrán concederse aplazamientos y fraccionamientos por plazos superiores a los expresados en el apartado anterior.

Plazo de presentación Las solicitudes se deberán presentar en los siguientes plazos:

a) Deudas en período voluntario: antes de la finalización del período voluntario.
b) Autoliquidaciones o declaraciones-liquidaciones: antes de la finalización del plazo de presentación.
c) Deudas en período ejecutivo: hasta el momento en que se notifique al obligado el acuerdo de enajenación de los bienes embargados, antes de efectuada la traba de devoluciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o, en el supuesto de embargo de cuentas bancarias, antes de efectuada la traba del importe embargable.

Unidad gestora Órgano de Gestión Tributaria (Concejalía de Hacienda).
Lugar de presentación (Canales de acceso) Online:

Registro Electrónico/sede electrónica del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (Disponible en el botón "tramitar ahora" situado al principio de esta página.)

Identificándose con los siguientes medios:
Certificado Electrónico
DNI electrónico
Clave Permanente


Presencial:

Órgano de Gestión Tributaria Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón. Oficina de Atención Integral al Contribuyente, Plaza Mayor, 1, planta baja.
Horario: de 9:00 a 14:00 h. (de lunes a viernes)
Teléfonos: 91 452 27 04


Nuestros servicios le ofrecerán la opción, siempre que fuera posible, de realizar el trámite sin necesidad de la asistencia presencial. Póngase en contacto con nosotros a través de los teléfonos 914522704, 914522705, 914522719 o 914522700 ext.2469 (de 9h a 14h de lunes a viernes) y del correo electrónico att.contribuyente@pozuelo.madrid (Política de privacidad). (Debe indicar su nombre y apellidos, DNI, teléfono y asunto de referencia).

· Oficinas de Atención al Ciudadano de Pozuelo (OAC's)


Fax:

Fax: 91 715 52 06 (Para solicitudes cuya concesión no requiere la presentación de garantía, enviando el impreso de solicitud correspondiente debidamente cumplimentado y firmado)


Correo electrónico:

domiciliaciones@pozuelo.madrid (Política de privacidad) para solicitudes cuya concesión no requiere la presentación de garantía
(adjuntando el impreso de solicitud correspondiente debidamente cumplimentado y firmado.)

Otros medios de presentación:
Cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Normativa Ordenanza General de Gestión, inspección, revisión y recaudación de los tributos locales y otros ingresos de derecho publico del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

Acceso a las Ordenanzas fiscales

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Solicitud de carácter general por registro electrónico: disponible en el botón "tramitar" situado al final de esta página.
Obligatorio Ambas
Impreso específico de solicitud: Impreso solicitud fraccionamiento/aplazamiento.
Obligatorio Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Tramitación telemática
Tramitar
Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
Plaza Mayor 1, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid)
Telf. 91 452 27 00

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