Importante
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Para realizar este trámite deberá identificarse utilizando uno de los siguientes medios:
· Certificado Electrónico · DNI Electrónico · Clave Permanente
Para completar su inscripción siga los siguientes pasos:
1. Pulse en el botón "Tramitar" situado en la parte inferior de esta página. 2. Pulse el icono de cl@ve (gris y naranja) para acceder a su identificación. 3. Seleccione su método de identificación (Certificado Electrónico / DNI Electrónico / Cl@ve Permanente). 4. Cumplimente el formulario. 5. Pulse el botón "Adjuntar y firmar documentación". 6. En la pantalla "Solicitud", adjunte un documento si es necesario. Si no lo fuera, pulse "enviar documentación o continuar". 7. Seleccione el sistema de firma. Si va a utilizar su certificado instalado en su ordenador para realizar la firma seleccione la opción "Firma con certificado local". Es necesario tener instalada la aplicación de escritorio "Autofirma". Para más información Portal de Administración Electrónica Si dispone de Cl@ve firma seleccione la opción "Firma con cl@ve firma" (opción izquierda). 8. Una vez seleccionado el sistema de firma pulse el botón Firmar. 9. En la pantalla "Confirmación de envío", pulse el botón gris "Registrar". 10. En la pantalla "Fin del proceso" puede obtener su justificante de solicitud.
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Descripción
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Conceder una ayuda para gastos de transporte de personas mayores en situación de desventaja social.
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Destinatario
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Las personas físicas de nacionalidad española y extranjeros con residencia legal en España que tengan cumplidos los 65 años y estén empadronados en Pozuelo de Alarcón, cuando no superen el nivel de renta establecido en la convocatoria. Deberán concurrir en los solicitantes las circunstancias y requisitos establecidos en la convocatoria.
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Requisitos de iniciación
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· Ser español o extranjero con residencia legal en España.
· Tener cumplidos los 65 años a 31 de diciembre del año de la convocatoria.
· Estar empadronado en el municipio de Pozuelo de Alarcón al menos desde el 1 de enero de 2020.
· Los ingresos del conjunto de miembros de la unidad de convivencia a efectos de esta convocatoria no superarán los límites establecidos en la misma. Se considerará unidad de convivencia al solicitante y a su cónyuge o persona unida por relación análoga.
· Se computarán los siguientes ingresos:
a) Nivel de renta: se tendrá en cuenta el nivel de renta de la unidad de convivencia del último ejercicio de declaración obligatoria.
En el caso de solicitantes que no hayan presentado declaración de la renta en el último ejercicio de declaración obligatoria, y de los cuales la Agencia Tributaria informe de las imputaciones de renta del contribuyente declaradas por terceros, se tendrán en cuenta estas al objeto de determinar el nivel de renta de la unidad de convivencia.
b) Otras prestaciones públicas: se tendrán en cuenta, en su caso, prestaciones económicas públicas contributivas y no contributivas reconocidas a los miembros de la unidad de convivencia.
c)Si alguno de los miembros computables de la unidad de convivencia no genera ingresos de acuerdo con lo establecido en los apartados a) y b) anteriores, los ingresos deberán acreditarse mediante la aportación de un documento expedido por los Servicios Sociales municipales, debidamente firmado y sellado, en el que conste la intervención de dichos Servicios Sociales y la cantidad estimada de ingresos anuales referidos al año inmediatamente anterior al de aprobación de la convocatoria y correspondientes a la unidad de convivencia.
d) Solo en el supuesto de que no se pudieran acreditar los ingresos según lo establecido en los apartados anteriores, mediante la presentación de la correspondiente declaración responsable habilitada para el procedimiento.
· No estar incurso en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
· No tener pendiente la justificación de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, siempre que el plazo para su presentación o subsanación hubiera finalizado.
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Plazo de presentación
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Una vez publicada la convocatoria en la Base Nacional de Subvenciones, y un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, el plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre el 1 y el 15 de octubre de 2020, ambos inclusive.
La solicitud se podrá descargar en el formulario normalizado específico (Anexo I) que se facilitará en la página web municipal y en esta sede electrónica. También estará disponible en el Área de Familia, Mujer y Asuntos Sociales (Avda. Juan XXIII, nº 10) y en las Oficinas de Atención al Ciudadano.
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Lugar de presentación (Canales de acceso)
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· Electrónico: a través del formulario habilitado en el botón "tramitar" situado al final de esta página adjuntando el anexo I disponible en el apartado de ficheros anexos.
· Presencial: por Registro en las Oficinas de Atención al Ciudadano.
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Inicio del trámite
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Por el interesado.
La solicitud se presentará en el formulario elaborado al efecto, debidamente cumplimentada y acompañada de la documentación exigida, en el Registro General del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón o mediante los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
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Plazo Máximo de Resolución y Notificación
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Seis meses de acuerdo con lo previsto en la convocatoria.
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Órgano que Resuelve
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El Titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía.
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Efectos del silencio Administrativo
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Negativo.
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Fin a la vía administrativa
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La resolución de concesión o denegación del Titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse recurso de reposición ante la Junta de Gobierno Local.
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Normativa de aplicación
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Las ayudas que se conceden tendrán el carácter de subvención y se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y con sujeción a la Ordenanza General de Subvenciones de Pozuelo de Alarcón, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 294, de 10 de diciembre de 2012, como bases reguladoras de esta convocatoria.
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Unidad gestora
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Oficina de Subvenciones y Convenios del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
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Departamento
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Área de Gobierno de Vicealcaldía.
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Centro Directivo
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Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
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Sujeto a tasa o precio público
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No aplica.
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Mas información
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Teléfono gratuito: 010 (91 217 14 92 desde fuera de Pozuelo)
Área de Familia, Mujer y Servicios Sociales Avda. Juan XXIII nº 10 (junto Centro Comercial El Torreón) 28224 Pozuelo de Alarcón (Madrid) Horario: de lunes a jueves de 9:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 17:30 horas. Viernes de 9:00 a 14:00 horas. Tfno.: 91 398 40 00
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Tipo de tramitación
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Externo específico.
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Tipología de la tramitación
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Procedimiento Administrativo.
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